Causa nº 23016/2014 (Apelación). Resolución nº 234600 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 22 de Octubre de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 540252386

Causa nº 23016/2014 (Apelación). Resolución nº 234600 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 22 de Octubre de 2014

Fecha de Resolución22 de Octubre de 2014
MovimientoCONFIRMA SENTENCIA APELADA
Rol de Ingreso23016/2014
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación612-2014 C.A. de Antofagasta
Rol de Ingreso en Primer Instancia-0-0
EmisorSala Tercera (Constitucional)

Santiago, veintidós de octubre de dos mil catorce.

Vistos:

Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de su considerando décimo, que se elimina.

Y teniendo presente en lugar del considerando eliminado:

Que conforme lo dispuesto en los artículos 197 y 198 del D.F.L. N° 1 del año 2005 del Ministerio de Salud, las Isapres se encuentran facultadas para revisar anualmente los contratos de salud, pudiendo modificar el precio base de los mismos con las limitaciones establecidas en las disposiciones citadas, ello sin perjuicio del respectivo control jurisdiccional, por lo que no resulta procedente efectuar la declaración contenida en el fallo impugnado, en orden a que debe la Institución recurrida abstenerse de efectuar alzas futuras en el valor del precio base del plan de salud contratado.

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de esta Corte sobre la materia, se revoca la sentencia de cuatro de agosto de dos mil catorce, sólo en cuanto por ella se declara que la Isapre recurrida debe abstenerse de efectuar alzas futuras en el valor del precio base del plan de salud contratado y en su lugar se elimina la citada declaración, confirmándose en lo demás el...

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