Causa nº 35055/2017 (Casación). Resolución nº 9 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 4 de Diciembre de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 698321073

Causa nº 35055/2017 (Casación). Resolución nº 9 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 4 de Diciembre de 2017

Corte en Segunda Instancia- C.A. de Iquique
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
Rol de ingreso en primera instanciaC-2891-2016
Número de expediente35055/2017
Fecha04 Diciembre 2017
Rol de ingreso en Cortes de Apelación213-2017
PartesAGUILERA OGAZ LIDIA / FUENTES MANRIQUEZ CRISTIAN
Sentencia en primera instancia- 2º JUZGADO DE LETRAS DE IQUIQUE
Número de registro35055-2017-9

Santiago, cuatro de diciembre de dos mil diecisiete. Vistos y teniendo presente:

Primero

Que se ha ordenado dar cuenta, conforme lo dispone el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, del recurso de casación en el fondo deducido por el demandado contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Iquique, que confirmó la de mérito que acogió la demanda y ordenó cancelar la inscripción a nombre del demandado, con declaración que se dispone, además, la restitución material del inmueble.

Segundo

Que en el arbitrio se denuncia infracción a lo dispuesto en los artículos 889 y 894 del Código Civil; porque la demandante no acreditó el cumplimiento de los requisitos previstos para ejercer la acción intentada, pues no tiene la calidad de dueña exclusiva del bien que reivindica, sino que forma parte de una comunidad hereditaria propietaria del inmueble, ni justificó un mejor derecho que el suyo. Solicita invalidar la sentencia impugnada y dictar una de reemplazo que rechace la demanda.

Tercero

Que la sentencia impugnada tuvo por acreditados los siguientes hechos: 1.- Con fecha 03 de agosto de 2015, el demandado adquirió la posesión regular del inmueble ubicado en pasaje Los Lirios N°1824 de la ciudad de Iquique, al inscribir en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de esa ciudad, la resolución exenta N°3336 de fecha 08 de junio de 2015, rectificada por resolución exenta N°0241 de 22 de junio de 2015, ambas emitida por la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de Tarapacá. 2.- Con fecha 02 de agosto de 2016, esto es, antes de cumplirse el plazo de un año necesario para que adquiriese por prescripción adquisitiva, el demandado fue válidamente emplazado en este proceso, cuyo objeto es la reivindicación del inmueble cuya posesión regularizó. 3.- La anterior poseedora inscrita fue doña G. delR.O., según anotación de fojas 319 vuelta, N°6542, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Iquique del año 2007; quien a la fecha se encuentra fallecida. 4.- El hijo de la anterior poseedora, don S.O.O.O., obtuvo la posesión efectiva de los bienes quedados tras el deceso de su madre, incluido el inmueble de autos, mediante resolución exenta N°409, publicada con fecha 1 de marzo de 2016; sin embargo, falleció el 11 de marzo de 2016, antes de requerir las inscripciones respectivas.5.- El demandado obtuvo la mera tenencia del inmueble tras celebrar un...

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