Causa nº 47661/2016 (Unificación de Jurisprudencia). Resolución nº 113642 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 22 de Marzo de 2017
Juez | Ricardo Blanco H.,Gloria Ana Chevesich R.,Fiscal Subrogante Jorge Sáez M. |
Corte en Segunda Instancia | - C.A. de Santiago |
Rol de ingreso en primera instancia | O-325-2016 |
Fecha | 22 Marzo 2017 |
Número de expediente | 47661/2016 |
Rol de ingreso en Cortes de Apelación | 797-2016 |
Emisor | Sala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile) |
Partes | ALCALDE CON YAÑEZ Y YAÑEZ COBRANZAS LTDA. |
Sentencia en primera instancia | - 1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO |
Número de registro | 47661-2016-113642 |
Santiago, veintidós de marzo de dos mil diecisiete. Visto:
En estos autos RUC 16–4–0002680–0 y RIT O-325-2016, del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, las señoras P.J.A.C. y E.A.M.C. interpusieron demanda en procedimiento de aplicación general en contra de su empleadora, Y. y Y.C.L., solicitando que se declare el término de la relación laboral por despido indirecto y la nulidad del despido.
Por sentencia de nueve de abril dos mil dieciséis, el citado tribunal acogió la demanda.
La demandada dedujo recurso de nulidad contra dicha sentencia. Por resolución de uno de julio del año en curso, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso y anuló de oficio la sentencia impugnada. Acto seguido dictó la de reemplazo que rechazó la demanda.
Las demandantes han deducido recurso de unificación de jurisprudencia.
Se ordenó traer los autos en relación.
Considerando:
Que la parte recurrente solicita a la Corte unificar la jurisprudencia sobre la siguiente materia de derecho: si el no pago o retardo de las cotizaciones previsionales y de las remuneraciones de un mes constituyen incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato de trabajo.
Que la sentencia recurrida estimó que no era grave el retardo en el pago de las remuneraciones y cotizaciones previsionales, en circunstancias que la relación laboral se había extendido por un largo período de tiempo —16 años en un caso y 7 años en el otro—; que el atraso en el pago de las remuneraciones afectaba a solo una mensualidad y el de las cotizaciones previsionales a tres mensualidades, y que dicho atraso se extendió por un tiempo reducido.
016212308861
Que la recurrente alega que la interpretación sostenida por la sentencia impugnada difiere de la que puede encontrarse en los fallos de esta Corte, de fechas 27 de noviembre de 2014, rol No. 3.668–2014 y 20 de abril de 2010, rol No. 1.184–2010, como asimismo en la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, de fecha 8 de mayo de 2015rol No. 1.993–2014.
Las citadas sentencias de esta Corte establecieron que
el no pago oportuno de las cotizaciones previsionales constituía un incumplimiento grave del contrato cuando el empleador era contumaz en tal conducta. En efecto, en el fallo de unificación dictado en la causa rol No. 3.668–2014, la Corte sostuvo que el retardo en el pago de las cotizaciones previsionales “reviste la gravedad suficiente cuando el empleador es...
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