Causa nº 3666/2017 (Casación). Resolución nº 33 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 16 de Octubre de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 694919449

Causa nº 3666/2017 (Casación). Resolución nº 33 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 16 de Octubre de 2017

Fecha de Resolución16 de Octubre de 2017
MovimientoANULA DE OFICIO CASACIÓN (M)
Rol de Ingreso3666/2017
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación744-2016 - C.A. de Puerto Montt
Rol de Ingreso en Primer InstanciaC-2671-2012 - 1º JUZGADO CIVIL DE PUERTO MONTT
EmisorSala Tercera (Constitucional)

Santiago, dieciséis de octubre de dos mil diecisiete . VISTOS:

En estos autos rol N° 3666-2017, caratulados “B.V., M. con Fisco”, seguidos por reclamación del monto de la indemnización expropiatoria, la actora solicitó el aumento del resarcimiento provisional regulado por la expropiación de un inmueble de su dominio, correspondiente al lote de terreno N° 198 del plano de expropiación, ubicado en Ruta a Pargua sector Trapén, necesario para la obra pública "Concesión Ruta 5, Tramo Puerto Montt-Pargua, Tramo 1: Puerto Montt-Calbuco, Subtramo 2A", de una superficie de 1052 metros cuadrados, que fue tasado provisionalmente en la suma de $5.223.000, acto de autoridad que fue ordenado por Decreto Exento N° 4265 de 25 de noviembre de 2011. Alega que el informe de la Comisión de Peritos no se refiere a los perjuicios causados, pues se limita a tasar bienes, y destaca que los inmuebles empleados como referenciales por los peritos no tienen las mismas características ni la misma naturaleza que el de su parte.

Sostiene que dicha Comisión tasó el valor del metro cuadrado de terreno en $4.000, monto que considera insuficiente, puesto que es posible asignarle un importe de $15.000 a cada uno de los mismos, aduciendo que la zona expropiada es la más valiosa del predio, pues se ubica contigua a la carretera y dadas sus capacidades de uso. Reclama enseguida los perjuicios sufridos por la pérdida de diversas “especies vegetales”, que avalúa en $855.000, y por distintos bienes que engloba en el concepto “Otros”, por los que pide $1.890.000.

Termina solicitando que se fije el monto total y definitivo de la indemnización en la suma de $18.525.000 o, en subsidio, en la cantidad que se estime, más reajustes, intereses y costas.

Al contestar el Fisco solicitó el rechazo de la reclamación, con costas. En subsidio, y para el caso de que se acoja la demanda, pidió que se impute al monto que se determine la suma ya consignada, debidamente reajustada, y se le absuelva de las costas. Como primer fundamento de su defensa controvirtió los hechos en que se asienta la reclamación; enseguida adujo que la demanda carece de fundamentos y, por último, sostuvo que el informe de la Comisión de Peritos Tasadores valoró adecuadamente el predio.

La sentencia de primera instancia rechazó la reclamación fundada, en lo que atañe al valor del terreno expropiado, en que los antecedentes agregados al proceso resultan insuficientes para establecer el mayor valor que pretende la reclamante, desde que los factores en que el perito del reclamante asienta el precio superior que propone ya fueron debidamente considerados por la Comisión Tasadora; en lo que respecta a los daños que la actora vincula a la privación de especies vegetales y a los bienes incluidos en el concepto “Otros”, el juez de primer grado desechó la acción intentada considerando que la prueba aparejada no desvirtúa la tasación efectuada por la Comisión de Peritos, destacando al respecto que el profesional propuesto por la actora no explica de qué modo arribó a los montos que señala por este concepto.

La Corte de Apelaciones de Puerto Montt, conociendo del recurso de apelación deducido por la parte demandante, confirmó el fallo de primer grado, sin modificaciones.

En contra de esta última decisión el reclamante dedujo recurso de casación en el fondo, para cuyo conocimiento se trajeron los autos en relación.

CONSIDERANDO:

PRIMERO

Que al conocer este tribunal del presente asunto por la vía del recurso de casación interpuesto, encontrándose el proceso en estado de acuerdo, ha advertido que la sentencia podría estar afectada de un...

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