Causa nº 32147/2014 (Casación). Resolución nº 177213 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 27 de Octubre de 2015 - Jurisprudencia - VLEX 585799222

Causa nº 32147/2014 (Casación). Resolución nº 177213 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 27 de Octubre de 2015

JuezAndrea Muñoz S.,Carlos Cerda F.,Alfredo Pfeiffer R.
Corte en Segunda InstanciaC.A. de Valdivia
Fecha27 Octubre 2015
Número de expediente32147/2014
Número de registro32147-2014-177213
Rol de ingreso en primera instanciaC-2772-2013
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
PartesBORKERT HOFFMANN ALBERTO CON ALIAGA GONZALEZ CRISTIAN.
Sentencia en primera instancia2º JUZGADO DE LETRAS DE OSORNO
Rol de ingreso en Cortes de Apelación797-2014

Santiago, veintisiete de octubre de dos mil quince.

Vistos:

En autos rol N° 2.772-2013, caratulados “B.H.A. con A.G.C.”, seguidos ante el 2º Juzgado Civil de O., don A.B.H., dedujo demanda de terminación de contrato de arrendamiento de predio rústico por no pago de rentas en contra de don C.A.A.G., solicitando la restitución del inmueble y el pago de las rentas adeudadas y aquellas que se devenguen hasta la restitución, más reajustes e intereses, con costas. El demandado alega la falta de legitimación activa, al haber sido enajenado el inmueble por el demandante y arrendador, señalando, además, que las rentas fueron solucionadas, no siendo efectiva la tala de árboles que se le imputa, solicitando se rechace la demanda, con costas.

La sentencia de alzada de 3 de septiembre de 2014, escrita a fojas 121 y siguientes, acogió la demanda en forma parcial, declarando terminado el contrato, condenando al demandado al pago de las rentas insolutas desde abril de 2013 hasta la entrega del predio, más reajustes e intereses corrientes y, además, debe entregar 13 vacas, el tractor, rotovator, cultivadoras, enfardadora, segadora, línea de leche y estanque, sin costas.

Se alzó la demandada en apelación, adhiriendo la demandante, confirmando el fallo la Corte de Apelaciones de V., con fecha 18 de noviembre de dos mil catorce, sin agregado alguno, según consta a fojas 143.

Contra dicho pronunciamiento, el demandado interpuso recurso de casación en el fondo, solicitando se invalide el fallo y se dicte una sentencia de reemplazo que revoque la sentencia recurrida en la parte que declara terminado el contrato de arrendamiento y ordena restituir el inmueble y se rechace la demanda; que se revoque, también, la sentencia en la parte que condena al demandado a pagar las rentas hasta la entrega del predio y en cambio dicho pago sólo comprenda los meses de abril, mayo y junio de 2013 y 18 días del mes de julio del mismo año, con costas.

Se trajeron los autos en relación.

Considerando:

Primero

Que se impugna la sentencia por haber infringido los artículos 1950 Nº3 y 1961 en relación con los artículos 686, 687 y 1962 Nº2, todos del Código Civil. El recurso entiende que el contrato de arrendamiento terminó por extinción del derecho del arrendador, conforme lo dispuesto en el artículo 1950 Nº3 del Código Civil, al haberse enajenado la propiedad por el arrendador a un tercero, mediante compraventa por escritura pública de 18 de junio de 2013 y posterior inscripción del título con fecha 19 de julio de 2013, a nombre de los hermanos V.H. y H.B.A., según consta a fojas 17. Al interponerse la demanda el 1º de agosto de 2013, el arrendador había cesado en su calidad de parte, en razón que el arrendamiento se encontraba terminado y, por ende, carece de legitimación activa para reclamar la terminación de algo que ya ha fenecido y respecto del cual quien ejerce la acción ya no es parte. No explica de qué manera las reglas citadas han sido infringidas, limitándose el recurrente a insistir en que el contrato terminó al haber cesado los derechos del arrendador.

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