Causa nº 7327/2012 (Casación). Resolución nº 95169 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 26 de Noviembre de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 436072502

Causa nº 7327/2012 (Casación). Resolución nº 95169 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 26 de Noviembre de 2012

Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2012
MovimientoRECHAZA CASACION EN EL FONDO
Rol de Ingreso7327/2012
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación997-2011 C.A. de Santiago
Rol de Ingreso en Primer InstanciaC-1567-2010 3º Juzgado de Familia Santiago
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, veintiseis de noviembre de dos mil doce.

Vistos y teniendo presente:

Primero

Que en conformidad a lo dispuesto en el articulo 782 del Codigo de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casacion en el fondo deducido por la demandada a fojas 205 .

Segundo

Que la recurrente denuncia la vulneracion del articulo 54 inciso tercero de la Ley NDEG19.947, argumentando, en sintesis, que los jueces del fondo han incurrido en error de derecho al acoger la demanda interpuesta de divorcio por culpa, en circunstancias que no se acredito que ella hubiera cometido adulterio mientras vivio con el actor.

Tercero

Que el recurso en estudio pretende modificar los presupuestos facticos y conclusiones a las que han arribado los sentenciadores, desde que se desarrolla a partir de premisas distintas a las establecidas en la sentencia que se revisa y que dicen relacion con la acreditacion del motivo de divorcio culposo invocado. Tal planteamiento, sin embargo, desconoce que los hechos de la causa son solo los establecidos por los jueces del fondo en su sentencia y que estos pueden ser modificados unicamente si se incurre en infraccion a las normas y principios de la sana critica, cuestion que no ha sido denunciada, lo que deja a este tribunal de casacion imposibilitado de revisar lo que ha sido resuelto, en los terminos pretendidos por la recurrente.

Cuarto

Que lo razonado resulta suficiente para concluir que el recurso en analisis adolece de manifiesta falta de fundamento, lo que conduce a su rechazo en esta etapa de su tramitacion.

Por estas consideraciones y normas legales citadas, se rechaza el recurso de casacion en el fondo deducido a fojas 205, contra la sentencia de veintinueve de agosto del ano en curso...

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