Causa nº 43224/2017 (Unificación de Jurisprudencia). Resolución nº 10 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 8 de Enero de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 700278749

Causa nº 43224/2017 (Unificación de Jurisprudencia). Resolución nº 10 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 8 de Enero de 2018

Fecha de Resolución 8 de Enero de 2018
MovimientoINADMISIBLE,UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA (M)
Rol de Ingreso43224/2017
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación1263-2017 - C.A. de Santiago
Rol de Ingreso en Primer InstanciaO-1187-2017 - 2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, ocho de enero de dos mil dieciocho. Vistos y teniendo presente:

Primero

Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 7° del artículo 483-A del Código del Trabajo, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la parte demandante en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que rechazó el recurso de nulidad que interpuso en contra de la de base que si bien acogió su demanda en la parte que solicitó la declaración de existencia de relación laboral, la desestimó en lo relativo a la pretensión de declaración de despido injustificado y nulidad del despido.

Segundo

Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 483 del Código del Trabajo, contra la resolución que falle el recurso de nulidad puede deducirse el de unificación, cuando “respecto de la materia de derecho objeto del juicio existieren distintas interpretaciones sostenidas en uno o más fallos firmes emanados de tribunales superiores de justicia”. Asimismo, del tenor de lo dispuesto en el artículo 483-A del cuerpo legal antes citado, esta Corte declarará inadmisible el recurso si faltan los requisitos de los incisos primero y segundo del mismo artículo. Entre estos requisitos se encuentran el de fundar el escrito e incluir una relación precisa y circunstanciada de las distintas interpretaciones respecto de las materias de derecho objeto de la sentencia, sostenidas en diversos fallos emanados de los tribunales superiores de justicia, y el de acompañar copia de las sentencias respectivas.

Tercero

Que el recurrente pretende la unificación de jurisprudencia planteando como materia de derecho, la correcta exégesis del numeral 1° artículo 454 del Código del Trabajo, en relación a si la carga probatoria recae en el empleador respecto de la alegación de despido indebido en un contrato de trabajo indefinido.

Cuarto

Que la sentencia del grado rechazó la demanda, sobre la base de estimar que no se acreditó el despido que el actor alega, señalando al efecto, que se omitió toda explicación y medio de convicción que permita probar la concurrencia de una decisión patronal, tácita o expresa, en orden a no perseverar con los servicios personales del trabajador. Contra dicha decisión, el actor impetró recurso de nulidad que fundó en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, reprochando la infracción de lo dispuesto en los...

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