Causa Nº 11947-2018 (Apelación Protección) Corte Suprema - Sala Tercera Constitucional, 06/08/2018
Juez | Maria Eugenia Sandoval Gouet,Pedro Pierry A.,Arturo Jose Prado Puga,Sergio Muñoz G.,Julio Edgardo Pallavicini Magnere |
Sentido del fallo | REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE (M) |
Recurso número | CV03-(Civil) Apelación Protección |
Fecha | 06 Agosto 2018 |
Número de expediente | 11947-2018 |
Materia | Civil |
Tipo de proceso | Apelación Protección |
Emisor | Sala Tercera Constitucional (Corte Suprema de Chile) |
1
Santiago, seis de agosto de dos mil dieciocho.
Vistos:
Se reproduce el fallo en alzada, con excepción de sus
fundamentos quinto y sexto, que se eliminan.
Y se tiene en su lugar y, además, presente:
Primero: Que, conforme al mérito de los antecedentes,
la recurrente es hija de María Adriana Berrios Berrios, y
nieta de María Luisa Berrios Berrios, quien, a su vez, es
hermana de Blanca Rosa del Carmen Berrios.
Mediante el presente recurso de protección se
cuestiona la decisión del Servicio de Registro Civil e
Identificación de negar la posesión efectiva de la herencia
intestada quedada al fallecimiento de Blanca Rosa del
Carmen Berrios, pedida por la recurrente para sus
herederos: su madre y su tío Raúl Eduardo Berrios Berrios.
Esa decisión se fundó en no estar determinada la
filiación de la causante, al no haber sido reconocida como
hija natural por su madre conforme a la normativa vigente a
la época de inscripción del nacimiento, lo cual, a su vez,
derivó en la indeterminación del vínculo de parentesco que
unía a la causante con la solicitante de la posesión
efectiva.
Segundo: Que en el recurso se plantea que la decisión
adoptada por la autoridad recurrida es ilegal por cuanto la
omisión en la partida de nacimiento de la causante fue
subsanada por sentencia definitiva ejecutoriada dictada por
XEXCGXXTMB
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