Causa Nº 11961-2018 (Apelación Protección) Corte Suprema - Sala Tercera Constitucional, 10/10/2018
Juez | Carlos Aránguiz Z.,Alvaro Hernan Quintanilla Perez,Sergio Manuel Muñoz Gajardo,Julio Edgardo Pallavicini Magnere,Maria Eugenia Sandoval Gouet |
Sentido del fallo | REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE (M) |
Emisor | Sala Tercera Constitucional (Corte Suprema de Chile) |
Recurso número | CV03-(Civil) Apelación Protección |
Fecha | 10 Octubre 2018 |
Número de expediente | 11961-2018 |
Materia | Civil |
Tipo de proceso | Apelación Protección |
1
Santiago, diez de octubre de dos mil dieciocho.
Vistos:
Se reproduce la sentencia en alzada con excepción del
fundamento sexto y del párrafo segundo del motivo cuarto,
que se eliminan.
Y se tiene en su lugar y además presente:
Primero: Que Boris Briones ha deducido recurso de
protección en contra de la Universidad Andrés Bello fundado
en que ésta publicó su nombre en el boletín comercial en
carácter de deudor moroso en el pago de obligaciones que
habrían nacido de un contrato que nunca llegó a
perfeccionarse. Esto debido a que el recurrente jamás firmó
documento alguno, contrato ni pagaré que dé cuenta de tal
acuerdo. Estima que este acto es ilegal y conculca las
garantías previstas en los numerales 1, 2, 3, 4 y 21 de la
Constitución Política de la República, por lo que pide que
se ordene a la Universidad recurrida retirar la publicación
realizada en el boletín comercial y en DICOM, con costas.
Segundo: Que al informar la Universidad recurrida
señaló que con fecha 23 de junio de 2017 las partes
suscribieron electrónicamente un contrato de prestación de
servicios educacionales, quedando el actor inscrito como
alumno del Magister en Docencia para la Educación Superior
que impartía la recurrida. El acuerdo fue enviado por
correo electrónico al actor, según lo confirmado por
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