Causa Nº 12235-2018 (Queja) Corte Suprema - Sala Tercera Constitucional, 27/09/2018 - Jurisprudencia - VLEX 743538549

Causa Nº 12235-2018 (Queja) Corte Suprema - Sala Tercera Constitucional, 27/09/2018

JuezArturo Jose Prado Puga,Sergio Manuel Muñoz Gajardo,Maria Eugenia Sandoval Gouet,Carlos Aránguiz Z.,Pedro Pierry Arrau
Sentido del falloRECHAZADO RECURSO DE QUEJA (M)
EmisorSala Tercera Constitucional (Corte Suprema de Chile)
Recurso númeroCV12-(Civil) Queja
Número de expediente12235-2018
Fecha27 Septiembre 2018
MateriaCivil
Tipo de procesoQueja
Santiago, veintisiete de septiembre de dos mil dieciocho.
Vistos y teniendo presente:
Primero: Que el Consejo de Defensa del Estado,
actuando por la Fuerza Aérea de Chile, dedujo recurso de
queja contra los integrantes de la Sexta Sala de la Corte
de Apelaciones de Santiago, Fiscal Judicial doña María
Loreto Gutiérrez Alvear y el Abogado Integrante Mauricio
Alejandro Decap Fernández, en razón de haber dictado
sentencia en los autos caratulados "Fisco con Consejo para
la Transparencia", rol 13.126-2017, a través de la que,
en lo que importa al arbitrio, se rechazó parcialmente la
reclamación de ilegalidad deducida contra la Decisión de
Amparo C-2216-17, en cuanto ésta acogió en parte el amparo
por denegación de información deducido por Matias Rojas
Medina y que, en consecuencia, ordenó entregar a este
último antecedentes que el quejoso califica de reservados y
secretos.
Segundo: Que para entender las materias propuestas, se
deben tener presente los antecedentes que originan el
reclamo de ilegalidad en que incide la queja incoada en
autos: El ciudadano Matías Rojas Medina, solicitó a la
Fuerza Aérea de Chile se le proporcionara una serie de
antecedentes. Entre aquellos, en lo que importa al recurso,
requirió: a) Informe cronológico, con especificación de
años, cargos, grados y destinaciones, conforme a períodos
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de calificación, de los funcionarios indicados en la
presentación, precisando qué vinculación laboral tienen o
han tenido con ese servicio luego de acogerse a retiro,
indicando los cargos o trabajos que hubieren desempeñado.
b) Listado con los oficiales superiores de la FACH que han
sido recontratados por la institución, como personal a
contrata o empleados civiles de planta, precisando detalles
de la labor que ejercen y el sueldo que reciben, indicando
además si los emolumentos se suman a pensiones que éstos ya
reciben por su condición de retiro, señalando el monto de
las pensiones que reciben en cada caso.
La Fuerza Aérea de Chile negó la entrega de la
información referida, por tratarse de información secreta
y/o reservada de conformidad al artículo 21 Nº 5 de la Ley
20.285, en relación al artículo 436 N°1 del Código de
Justicia Militar, por ser información relativa a la planta
o dotación.
El requirente acudió de amparo de acceso a la
información pública ante el Consejo para la Transparencia,
organismo que acogió parcialmente la solicitud, ordenando
hacer entrega a la reclamante de: “i. Informe
cronológicamente, con especificación de años, los cargos,
grados y destinaciones, conforme a períodos de
calificación, de los funcionarios de la FACH indicados en
la presentación, precisando qué vinculación laboral tienen
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