Causa Nº 13019-2018 (Apelación Protección) Corte Suprema - Sala Tercera Constitucional, 06/08/2018
Juez | Rosa Maria Leonor Etcheberry Court,Sergio Muñoz G.,Carlos Aránguiz Z.,Jean Pierre Matus Acuña,Maria Eugenia Sandoval Gouet |
Sentido del fallo | CONFIRMA SENTENCIA APELADA (M) |
Recurso número | CV03-(Civil) Apelación Protección |
Fecha | 06 Agosto 2018 |
Número de expediente | 13019-2018 |
Materia | Civil |
Tipo de proceso | Apelación Protección |
Emisor | Sala Tercera Constitucional (Corte Suprema de Chile) |
1
Santiago, seis de agosto de dos mil dieciocho.
Vistos:
De la sentencia recurrida se eliminan sus fundamentos
quinto a noveno; y se tiene, además, presente:
Primero: Que en su recurso la recurrente sostiene
haber tomado conocimiento de los actos recurridos el 13 de
febrero del año en curso, por medio de personal de su
dependencia.
Posteriormente, al apelar, especifica que se impuso de
las licitaciones materia de la acción a través de una
consulta formulada al inspector fiscal Jhony Valverde
mediante correo electrónico de 13 de febrero del mismo año,
cuyo tenor, según transcribe la misma parte y consta de los
antecedentes, es el siguiente: “Quisiera consultar respecto
a dos proyectos los cuales se licitó recientemente la
asesoría estos son: SAPR Leufu Lafquen y SAPR Currarrehue,
y que no fueron incluidos automáticamente dentro de la
cartera referencial como se indica en el convenio. Favor si
nos pueden aclarar, porque entendemos que al ser diseños
vistos por nosotros deberíamos asumir la Asesoría de las
obras, adjunto extracto del convenio, gracias”.
Segundo: Que, sin embargo, ese antecedente no hace más
que ratificar la extemporaneidad del recurso, pues la
referida gestión supone, como se desprende del mismo texto
del correo electrónico, el conocimiento previo del asunto
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