Causa Nº 15437-2018 (Queja) Corte Suprema - Sala Tercera Constitucional, 11/07/2018
Juez | Maria Eugenia Sandoval Gouet,Antonio Barra Rojas,Diego Antonio Munita Luco,Carlos Ramon Aranguiz Zuñiga,Arturo Jose Prado Puga |
Sentido del fallo | INADMISIBLE RECURSO DE QUEJA |
Recurso número | CV12-(Civil) Queja |
Fecha | 11 Julio 2018 |
Número de expediente | 15437-2018 |
Materia | Civil |
Tipo de proceso | Queja |
Emisor | Sala Tercera Constitucional (Corte Suprema de Chile) |
Santiago, once de julio de dos mil dieciocho.
Vistos y teniendo presente:
Primero: Que de conformidad con lo establecido en el
artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, el recurso
de queja sólo procederá cuando la falta o abuso se cometa
en la dictación de una sentencia interlocutoria que ponga
fin al juicio o haga imposible su continuación, o en una
definitiva, y que no sean susceptibles de recurso alguno.
Segundo: Que en la especie se recurre contra los
Ministros de la Corte de Apelaciones de Santiago, a quienes
se les imputa haber incurrido en faltas o abusos graves, al
rechazar la reposición deducida en contra de la declaración
de deserción del recurso de apelación por el que se
impugnó, a su turno, la resolución que rechazó la objeción
de documentos presentada por la demandante.
Tercero: Que atendida la naturaleza y lo decidido por
la resolución recurrida corresponde concluir que no se
ajusta a las características de las descritas en el
fundamento primero y que por lo tanto el arbitrio deducido
no puede ser admitido a tramitación.
Por estas consideraciones y de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 545 y 549 del Código Orgánico de
Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja
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