Causa Nº 16396-2018 (Apelación Protección) Corte Suprema - Sala Tercera Constitucional, 16/10/2018 - Jurisprudencia - VLEX 743532041

Causa Nº 16396-2018 (Apelación Protección) Corte Suprema - Sala Tercera Constitucional, 16/10/2018

JuezMaría Eugenia Sandoval G.,Álvaro Quintanilla P.,Arturo Jose Prado Puga,Sergio Manuel Muñoz Gajardo,Alvaro Hernan Quintanilla Perez
Sentido del falloCONFIRMA SENTENCIA APELADA (M)
EmisorSala Tercera Constitucional (Corte Suprema de Chile)
Número de expediente16396-2018
Fecha16 Octubre 2018
Recurso númeroCV03-(Civil) Apelación Protección
MateriaCivil
Tipo de procesoApelación Protección
1
Santiago, dieciséis de octubre de dos mil dieciocho.
Vistos:
Se confirma la sentencia apelada de veintinueve de
junio último, dictada por la Corte de Apelaciones de
Iquique.
Acordada contra el voto de los ministros señores Muñoz
y Prado, quienes estuvieron por revocar la sentencia
apelada y acoger el recurso, teniendo en cuenta para ello:
Primero: Que el artículo 89 de la Ley N°18.834 plasma
el principio según el cual todo funcionario tiene derecho a
gozar de estabilidad en el empleo, que importa la
prohibición de ser apartado de éste, sino por las causas
legales, prerrogativa de la que en parte alguna se exime a
quienes detentan la condición “a contrata”, motivo por el
cual no es posible discriminar entre los empleados de
planta y los contratas, porque aquello que el artículo 3
letra c) de dicha ley define es el “empleo a contrata”, lo
que permite concluir que la voz “empleo” que utiliza el
mencionado artículo 89 es comprensiva del funcionario que
se desempeña “a contrata”.
Segundo: Que, en la actualidad, es un entendimiento
pacífico el de que si una relación a contrata excede los
dos años y se renueva reiteradamente una vez superado ese
límite, se transforma en una relación indefinida, conforme
al principio de confianza legítima que la Contraloría
General de la República comenzó a aplicar decididamente con
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