Causa Nº 16803-2018 (Apelación Protección) Corte Suprema - Sala Tercera Constitucional, 24/09/2018
Juez | Rosa Maria Leonor Etcheberry Court,Maria Eugenia Sandoval Gouet,Ricardo Abuauad D.,Arturo Jose Prado Puga,Juan Eduardo Fuentes Belmar |
Sentido del fallo | CONFIRMA SENTENCIA APELADA (M) |
Emisor | Sala Tercera Constitucional (Corte Suprema de Chile) |
Fecha | 24 Septiembre 2018 |
Recurso número | CV03-(Civil) Apelación Protección |
Número de expediente | 16803-2018 |
Materia | Civil |
Tipo de proceso | Apelación Protección |
1
Santiago, veinticuatro de septiembre de dos mil dieciocho.
Vistos:
De la sentencia apelada se eliminan sus fundamentos 5º
a 8°; y se tiene en su lugar y, además, presente:
Primero: Que, tal como viene señalado en el fallo en
alzada, el asunto a elucidar consiste en si resulta lícito
a la Isapre negarse a acceder a la solicitud de cambio de
plan de salud planteada por la recurrente hacia uno que
contemple cobertura al medicamento que requiere, en la
institución de salud donde ha venido tratándose.
Segundo: Que sobre el particular cabe consignar que el
constituyente del año 1980 al momento de plantearse la
configuración de las garantías constitucionales vinculadas
a la seguridad social tuvo especial consideración que
el rol de Estado, en lo atingente al ejercicio del derecho,
“debe ser el acceso a dichas prestaciones básicas, las que
pueden otorgarse a través de instituciones públicas o
privadas” (Acta Comisión Ses. 403ª ficha 2), criterio que
encuentra su origen en el oficio remitido por el Ministerio
de Salud, de 23 de marzo de 1976, a la Comisión de Estudio
de la Nueva Constitución, en el que reseñaba que “las
personas podrán elegir libremente el sistema estatal o la
atención privada, debiendo someterse a las normas que rigen
el funcionamiento de cada uno de ellos, según
corresponda”.
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