Causa Nº 18869-2018 (Apelación Protección) Corte Suprema - Sala Tercera Constitucional, 02/01/2019
Juez | Arturo Jose Prado Puga,Sergio Muñoz G.,Angela Francisca Vivanco Martinez,Maria Eugenia Sandoval Gouet,Carlos Aránguiz Z. |
Sentido del fallo | CONFIRMA SENTENCIA APELADA (M) |
Fecha | 02 Enero 2019 |
Número de expediente | 18869-2018 |
Recurso número | CV03-(Civil) Apelación Protección |
Materia | Civil |
Tipo de proceso | Apelación Protección |
Emisor | Sala Tercera Constitucional (Corte Suprema de Chile) |
1
Santiago, dos de enero de dos mil diecinueve.
Vistos:
Se intercala la palabra “julio” en el señalamiento de
la fecha del fallo recurrido, y se tiene, además, presente:
Primero: Que una de las alegaciones que el recurrido
sostiene en su apelación es que la sentencia de primera
instancia otorgó más de lo pedido a la recurrente, pues
mientras ésta solicitó “(…) en especial ordene al recurrido
eliminar los cercos, zanjas, cadenas, candados y todo
impedimento instalado en el accesos al Lote N° 230 (…)”,
aquel fallo dispuso que se debía “(…) permitir el libre
acceso a los predios Lotes N° 229 y 230 de la Provincia de
Tierra del Fuego(…)”.
Es decir, incluyó en la medida de cautela dispuesta
también al lote 230, en circunstancias que éste no habría
formado parte de las pretensiones del recurso.
Segundo: Que, conforme al mérito de los antecedentes,
los trabajos a desarrollar por la recurrente en el lote
230, consistentes en el cierre y abandono de un pozo,
forman parte de un conjunto mayor de obras propias de un
mismo contrato especial de operación petrolera, que abarcan
también el lote 229.
Tercero: Que, de esta forma, se advierte que la
sentencia apelada se ha mantenido dentro de los márgenes de
decisión que le autoriza la Carta Fundamental en el
escenario fáctico puesto en su conocimiento, al resultar
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