Causa Nº 19056-2018 (Casación Fondo) Corte Suprema - Sala Cuarta Mixta, 08/11/2018 - Jurisprudencia - VLEX 744918729

Causa Nº 19056-2018 (Casación Fondo) Corte Suprema - Sala Cuarta Mixta, 08/11/2018

JuezRicardo Luis Hernan Blanco Herrera,Andrea Muñoz S.,Rosa Maria Leonor Etcheberry Court,Inigo Andres De La Maza Gazmuri,Juan Fuentes B.
Sentido del falloRECHAZADO CASACIÓN FONDO MANIFIESTA FALTA DE F (M)
Fecha08 Noviembre 2018
Número de expediente19056-2018
Recurso númeroCV04-(Civil) Casación Fondo
MateriaCivil
Tipo de procesoCasación Fondo
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
Santiago, ocho de noviembre de dos mil dieciocho.
Vistos y teniendo presente:
Primero: Que se ha ordenado dar cuenta, conforme lo dispone el artículo
782 del Código de Procedimiento Civil, del recurso de casación en el fondo
deducido por la demandada contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de La
Serena, que confirmó la de primera instancia que acogió la demanda y condenó a
la demandada al pago de las indemnizaciones que indica.
Segundo: Que la recurrente denuncia infringido el artículo 384 2 del
Código de Procedimiento Civil, en cuanto manifiesta que tres testigos que presentó,
dieron cuenta, en síntesis, que los daños que la actora sufrió en su propiedad, fueron
producto de trabajos mal ejecutados que realizó en el antejardín de la misma,
estando contestes los deponentes en tales hechos, sin tachas y legalmente
examinados, razón por la que sus dichos constituyen plena prueba. Agrega que no
hay constancia de que aquellos hayan sido tachados, que tengan relación laboral
con ella, y que exista otra prueba que altere la anterior; además, que el fallo
impugnado desvirtúe por la documental consistente en Informe del Servicio Nacional
del Consumidor, en cuanto existen reclamos en contra de la demandada por hechos
de similar naturaleza, no es tal, ya que, se refieren a reclamos por una materia
distinta a la de los autos, y que el tercero es el del actora. Solicita invalidar la
sentencia impugnada y dictar la de reemplazo que rechace la demanda.
Tercero: Que la sentencia impugnada dio por acreditados los siguientes
hechos:
1.- Que la demandante sufrió perjuicios en su vivienda, ubicada en Farid Apey Nº
851, Loteo Costa Milano cuatro, segunda etapa, Coquimbo, inscrita en el
Conservador de Bienes Raíces de Coquimbo, a fojas 2.753, número 1.443 del
Registro de Propiedad del año 2016, adquirida a la demandada Inmobiliaria El
Mirador S.A. -según escritura pública de 30 de noviembre de 2015-, en horas de la
madrugada del 5 de abril de 2017, consistente en rotura de cañería conducente de
agua, lo que generó inundación en parte de la vivienda, socavón en antejardín, y
rotura del radier delantero de la vivienda, producto de la inestabilidad del terreno,
lo que reparó la demandada pero no en su totalidad.
2.- Que la prueba rendida por la demandada resultó insuficiente para exonerarse
de responsabilidad, ya que su documental no demostró que haya adoptado las
medidas necesarias para la reparación del daño, o que el daño haya sido causado
por la actora. Asimismo, lo depuesto por sus testigos no puede ser valorado como
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