Causa Nº 21795-2018 (Consulta Amparo Económico) Corte Suprema - Sala Tercera Constitucional, 13/09/2018
Juez | Jean Pierre Matus Acuña,Maria Eugenia Sandoval Gouet,Sergio Manuel Muñoz Gajardo,Julio Edgardo Pallavicini Magnere,Arturo Jose Prado Puga |
Sentido del fallo | APROBADA SENTENCIA CONSULTADA |
Emisor | Sala Tercera Constitucional (Corte Suprema de Chile) |
Recurso número | CV20-(Civil) Consulta Amparo Económico |
Fecha | 13 Septiembre 2018 |
Número de expediente | 21795-2018 |
Materia | Civil |
Tipo de proceso | Consulta Amparo Económico |
1
Santiago, trece de septiembre de dos mil dieciocho.
Vistos:
Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de
sus fundamentos quinto a séptimo, que se eliminan.
Y se tiene en su lugar y además presente:
Primero: Que según quedó expresado en la sentencia
consultada, en estos autos se ha ejercido, por Raúl
González Yáñez, la denominada acción de amparo económico
prevista en el artículo único de la Ley N° 18.971 en
resguardo de su derecho a desarrollar una actividad
económica lícita garantizado en el artículo 19 N° 21 inciso
1° de la Constitución Política de la República, impugnando
la decisión de Héctor Zuleta Caballero de de poner término
al contrato de arrendamiento celebrado entre las partes, en
virtud del cual la recurrente explotaba una sede sindical
como restaurant.
Segundo: Que como se ha resuelto por esta Corte
Suprema en anteriores oportunidades, se decidió reexaminar
el sentido y alcance del instituto jurisdiccional previsto
en la Ley 18.971. Conforme a dicho análisis se ha concluido
que este texto legal ampara la garantía constitucional de
"la libertad económica" frente al Estado empresario, cuando
éste, transgrediendo un principio de la esencia del Orden
Público Económico Nacional, como lo es el de la
NCHXGXCLYX
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba