Causa Nº 22200-2018 (Apelación Protección) Corte Suprema - Sala Tercera Constitucional, 10/12/2018
Juez | Carlos Ramon Aranguiz Zuñiga,Diego Antonio Munita Luco,María Eugenia Sandoval G.,Sergio Manuel Muñoz Gajardo,Carlos Aránguiz Z. |
Sentido del fallo | REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE (M) |
Recurso número | CV03-(Civil) Apelación Protección |
Número de expediente | 22200-2018 |
Fecha | 10 Diciembre 2018 |
Materia | Civil |
Tipo de proceso | Apelación Protección |
Emisor | Sala Tercera Constitucional (Corte Suprema de Chile) |
1
Santiago, diez de diciembre de dos mil dieciocho.
Vistos:
Se reproduce únicamente la parte expositiva de la
sentencia en alzada, eliminando su parte considerativa.
Y se tiene en su lugar y además presente:
Primero: Que el recurso de protección de garantías
constitucionales establecido en el artículo 20 de la
Constitución Política de la República constituye
jurídicamente una acción de evidente carácter cautelar,
destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías
y derechos preexistentes que en esa misma disposición se
enumeran, mediante la adopción de medidas de resguardo que
se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal
que impida, amague o perturbe ese ejercicio.
Segundo: Que deduce la presente acción cautelar Manuel
Rojas Asenjo en contra de Karina Morales Guzmán en su
carácter de Jefa de Aseo de la Municipalidad de Puerto
Varas sosteniendo que la referida repartición municipal ha
permitido, a través de su pasividad, que exista un enjambre
de cables de todo tipo en desuso que, conforme a lo que
señala el artículo 2° de la Ley 19.300 en su letra d),
contaminan y atentan contra la calidad de vida de la
población, por ser basura y porque afean todo el ambiente,
vulnerando el artículo 19 N° 8 de la Carta Fundamental.
Tercero: Que al informar la recurrida alega la falta
de legitimación pasiva, pues aduce que está contratada a
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