Causa Nº 2464-2018 (Casación Fondo) Corte Suprema - Sala Cuarta Mixta, 06/09/2018 - Jurisprudencia - VLEX 743547389

Causa Nº 2464-2018 (Casación Fondo) Corte Suprema - Sala Cuarta Mixta, 06/09/2018

JuezMarcelo Doering Carrasco,Hugo Enrique Dolmestch Urra,Gloria Ana Chevesich Ruiz,Antonio Barra Rojas,Ricardo Luis Hernan Blanco Herrera
Sentido del falloRECHAZADO CASACIÓN FONDO MANIFIESTA FALTA DE F (M)
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
Recurso númeroCV04-(Civil) Casación Fondo
Fecha06 Septiembre 2018
Número de expediente2464-2018
MateriaCivil
Tipo de procesoCasación Fondo
Santiago, seis de septiembre de dos mil dieciocho.
Vistos y teniendo presente:
Primero: Que se ha ordenado dar cuenta, conforme lo dispone el artículo
782 del Código de Procedimiento Civil, del recurso de casación en el fondo
deducido por los demandados contra la sentencia dictada por la Corte de
Apelaciones de La Serena, que confirmó la de primera instancia que acogió la
demanda de indemnización de perjuicios, con declaración que se condena al pago
de $5.739.796 por concepto de daño emergente, $10.000.000 por daño moral a
favor de la víctima y $3.000.000 por el mismo concepto a favor de sus padres.
Segundo: Que los recurrentes denuncian infringidos los artículos 1556, 1702,
1713, 2314 y 2329 del Código Civil y 160 del Código de Procedimiento Civil, porque
se les condenó a reparar un daño emergente superior al efectivamente ocasionado,
al considerar el total de los gastos médicos que requirió la víctima, no obstante que
sus padres sólo pagaron la suma de $520.372, pues la diferencia fue cubierta por la
Institución Previsional de Salud a la que se encontraban afiliados y por seguros
complementarios, hecho acreditado mediante la confesional y una serie de
documentos e informes que no fueron ponderados, de modo que la decisión no se
ajustó al mérito del proceso y no se encuentra suficientemente fundada. Solicita
anular la sentencia y dictar una de reemplazo que confirme la de primera instancia,
con declaración que el monto concedido por daño emergente se reduce a $520.372.
Tercero: Que los sentenciadores del fondo tuvieron por acreditados los
siguientes hechos:
1.- El día 26 de marzo de 2014, el adolescente de dieciséis años de edad, Ricardo
Vicente Michell Osorio, se encontraba en el interior de un recinto transitorio de
eventos instalado en el estacionamiento de la Discoteque Club Arena, ubicada en
avenida Peñuelas N° 178, comuna de Coquimbo, cuando fue empujado y
conminado a salir por un grupo de personas, entre quienes se encontraba el
también menor de edad Matheiu Philip Peyreblanque Kuhn, quien le propinó un
golpe de puño en el lado izquierdo de su mandíbula.
2.- Matheiu Philip Peyreblanque Kuhn fue condenado al pago de una multa
equivalente a diez Unidades Tributarias Mensuales, en su calidad de autor del
delito de lesiones graves, por sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Penal de
La Serena con fecha veintisiete de marzo de dos mil quince.
3.- A consecuencia de los hechos antes descritos, la víctima sufrió una fractura
expuesta mandibular doble a nivel parasinfisiario izquierdo y subcapital cóndilo
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