Causa Nº 24919-2018 (Apelación Protección) Corte Suprema - Sala Tercera Constitucional, 21/11/2018
Juez | Maria Eugenia Sandoval Gouet,Julio Edgardo Pallavicini Magnere,Angela Francisca Vivanco Martinez,Rodrigo Francisco Javier Biel Melgarejo,Maria Cristina Gajardo Harboe |
Sentido del fallo | CONFIRMA SENTENCIA APELADA |
Recurso número | CV03-(Civil) Apelación Protección |
Número de expediente | 24919-2018 |
Fecha | 21 Noviembre 2018 |
Materia | Civil |
Tipo de proceso | Apelación Protección |
Emisor | Sala Tercera Constitucional (Corte Suprema de Chile) |
Santiago, veintiuno de noviembre de dos mil dieciocho.
Al otrosí del escrito folio N° 56.853-2018: no ha
lugar a los alegatos solicitados.
VISTOS:
Se confirma la sentencia apelada de fecha doce de
septiembre de dos mil dieciocho.
Acordada con el voto en contra del Abogado Integrante
señor Pallavicini, quien estuvo por revocar la sentencia en
alzada y por acoger el recurso de protección en atención a
que, a su juicio, el actor no incurrió en una conducta que
deba ser reprimida a través de la imposición de una sanción
administrativa. En efecto, la Contraloría General de la
República reprocha al actor no haber incorporado en las
bases administrativas del “Concurso N°13”, una cláusula
específica. Sin embargo, del examen de las disposiciones
legales que el mismo órgano cita, fluye que el mandato
sustantivo que la resolución sancionatoria extraña, es
coincidente con el de dichas normas. De este modo, era
innecesario reproducir esos preceptos legales en las bases,
pues la Conadi se encontraba habilitada para aplicarlas
directamente y rechazar las compras de terrenos que tuvieran
un informe técnico negativo.
Regístrese y devuélvase.
Rol N° 24.919-2018.
RBJHWXSJX
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba