Causa Nº 25137-2017 (Casación Fondo) Corte Suprema - Sala Cuarta Mixta, 15/01/2019 - Jurisprudencia - VLEX 756747349

Causa Nº 25137-2017 (Casación Fondo) Corte Suprema - Sala Cuarta Mixta, 15/01/2019

JuezJorge Eduardo Saez Martin,Diego Antonio Munita Luco,Andrea Maria Mercedes Muñoz Sanchez,Gloria Ana Chevesich Ruiz,Ricardo Blanco H.
Sentido del falloRECHAZA CASACION EN EL FONDO (M)
Recurso númeroCV04-(Civil) Casación Fondo
Número de expediente25137-2017
Fecha15 Enero 2019
MateriaCivil
Tipo de procesoCasación Fondo
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
Santiago, quince de enero de dos mil diecinueve.
Vistos:
En autos n mero de rol C-4183-2015, caratulados Agr cola yú “ í
Forestal R o Lar Limitada con B ez , seguidos ante el Segundo Juzgado deí á ”
Letras de Osorno, por sentencia de diez de enero de dos mil diecisiete,
escrita a fojas 105 y siguientes, se rechaz la demanda; siendo confirmadaó
por una sala de la Corte de Apelaciones de Valdivia, sin costas, con fecha
once de mayo de dos mil diecisiete, como consta a fojas 138.
En contra de la ltima decisi n la parte demandante dedujo recursoú ó
de casaci n en el fondo, denunciando la infracci n de una serie de normasó ó
legales, y solicita que se lo acoja y se la anule, acto seguido, sin nueva vista
y separadamente, se dicte la de reemplazo que haga lugar a la demanda,
con costas.
Se trajeron los autos en relaci n.ó
Considerando:
1 Que el recurrente, en primer lugar, indica que dedujo una°
demanda de cumplimiento de contrato con indemnizaci n de perjuicios,ó
solicitando que se declare que el demandado incumpli el de dep sito queó ó
celebraron, y se lo condene a resarcir los perjuicios sufridos equivalente al
valor de los bienes no restituidos, m s los derivados del incumplimiento,á
consistentes en lucro cesante y da o moral. Afirma que luego de haberñ
realizado, previo acuerdo, una explotaci n forestal en un predio deló
demandado, quedaron en calidad de dep sito necesarioó 459,9 metros
c bicos de le a, equivalente al 70% de la producci n total de la faena puesú ñ ó
el restante era de propiedad de l-, m s una motosierra y dos m dulosé á ó
container que fueron adquiridos para la habilitaci n de oficinas, ba os yó ñ
bodegas, pues la producci n deb a ser certificada en el lugar para lograr unó í
mejor valor comercial, lo que se program para febrero de 2015. Luego,ó
una vez solicitada la restituci n, el demandado se neg , actitud queó ó
mantiene hasta la fecha.
En segundo lugar, expresa que se err al interpretarse el art culo 2236ó í
del C digo Civil, pues el dep sito se llama necesario cuando la elecci n deló ó ó
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