Causa Nº 35113-2017 (Casación Forma y Fondo) Corte Suprema - Sala Cuarta Mixta, 20/11/2018 - Jurisprudencia - VLEX 746212141

Causa Nº 35113-2017 (Casación Forma y Fondo) Corte Suprema - Sala Cuarta Mixta, 20/11/2018

JuezGloria Ana Chevesich Ruiz,Julio Edgardo Pallavicini Magnere,Jorge Eduardo Saez Martin,Juan Manuel Muñoz Pardo,Ministros Suplentes Julio Miranda L.
Sentido del falloRECHAZADAS CASACIÓN FORMA Y FONDO (M)
Recurso númeroCV06-(Civil) Casación Forma y Fondo
Fecha20 Noviembre 2018
Número de expediente35113-2017
MateriaCivil
Tipo de procesoCasación Forma y Fondo
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
Santiago, veinte de noviembre de dos mil dieciocho.
Vistos:
Ante el Primer Juzgado de Letras de Antofagasta, en autos rol 4.832-2015,
Sociedad Química Minera de Chile S.A., representada por don Iván Soto Toro, dedujo
demanda de nulidad de pertenencias mineras en contra de Atacama Minerals Chile SCM,
representada por don Félix Antolín Martínez y don Benjamín Uriarte Molina, para que se
declare la nulidad absoluta de las pertenencias que singulariza, se ordene la cancelación
de la inscripción de la sentencia constitutiva y acta de mensura de los grupos de
pertenencias que indica, con costas.
La demandada contestó la demanda, solicitando su rechazo, con costas.
Con fecha dieciocho de enero de dos mil diecisiete, a fojas 91, la parte demandada
solicitó la declaración de abandono del procedimiento.
El tribunal de primera instancia, por sentencia de treinta y uno de enero de dos mil
diecisiete, escrita a fojas 191 y siguientes, acogió el incidente promovido, sin costas.
Se alzó la demandante y una sala de la Corte de Apelaciones de Antofagasta
mediante fallo de trece de junio del año dos mil diecisiete, que se lee a fojas 236 y
siguientes, confirmó la resolución apelada.
En contra de esta última decisión, la parte demandante deduce recursos de
casación en la forma y en el fondo, por haberse incurrido, en su concepto, en vicios
formales e infracciones de ley que han influido sustancialmente en su parte dispositiva,
pidiendo que se la invalide y dicte otra de reemplazo que revoque la de primera instancia
y rechace el incidente de abandono del procedimiento, con costas.
Se trajeron los autos en relación para conocer los recursos.
Considerando:
I.- Recurso de casación en la forma:
Primero: Que la parte recurrente hace valer la causal prevista en el numeral quinto
del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, por haber sido pronunciada la
sentencia impugnada con omisión de los requisitos contenidos en el artículo 170 N° 4 del
mismo texto legal, esto es, no contener las consideraciones de hecho y de derecho que le
sirven de fundamento, en concordancia con lo previsto en el artículo 171 del referido
código.
Pide, se acoja el recurso de casación formal, se invalide la sentencia recurrida y se
dicte la de reemplazo que revoque la de primera instancia y rechace la incidencia de
abandono del procedimiento, con costas.
Segundo: Que, al efecto, afirma que la sentencia impugnada incurrió en el vicio
invocado porque contiene considerandos contradictorios entre sí, de manera que se
anulan, toda vez que el razonamiento cuarto expresa que la notificación del demandante
respecto de la interlocutoria de prueba “no produce efecto alguno” y, acto seguido, el
quinto señala que el demandante, como consecuencia de su notificación de la
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