Causa Nº 6232-2018 (Casación Fondo) Corte Suprema - Sala Cuarta Mixta, 09/10/2018 - Jurisprudencia - VLEX 743535737

Causa Nº 6232-2018 (Casación Fondo) Corte Suprema - Sala Cuarta Mixta, 09/10/2018

JuezAntonio Barra R.,Ricardo Luis Hernan Blanco Herrera,Gloria Ana Chevesich Ruiz,Hugo Enrique Dolmestch Urra,Andrea Maria Mercedes Muñoz Sanchez
Sentido del falloRECHAZADO CASACIÓN FONDO MANIFIESTA FALTA DE F (M)
Recurso númeroCV04-(Civil) Casación Fondo
Número de expediente6232-2018
Fecha09 Octubre 2018
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
MateriaCivil
Tipo de procesoCasación Fondo
Santiago, nueve de octubre de dos mil dieciocho.
Vistos y teniendo presente:
Primero: Que se ha ordenado dar cuenta, conforme lo dispone el artículo
782 del Código de Procedimiento Civil, del recurso de casación en el fondo
deducido por el demandado contra la sentencia dictada por la Corte de
Apelaciones de La Serena, que confirmó la de primera instancia en la parte que
acogió la demanda y ordenó el pago de $16.511.500 por concepto de daño
emergente, y la revocó en lo relativo al rechazo del daño moral, que también fue
acogido y se reguló en la suma de $3.000.000.
Segundo: Que el recurrente denuncia infringidos los artículos 1698 del
Código Civil y 159, 346, 348 bis, 383, 384, 420 y 425 del Código de Procedimiento
Civil, porque se acogió la demanda no obstante que no se acreditaron sus
presupuestos, esto es, la relación de causalidad entre su actuar culpable y el daño,
ni su cuantía, pues el actor no rindió prueba idónea, fundando su pretensión en
documentos privados que no fueron reconocidos en el juicio, en testigos de oídas y
que no dieron razón de sus dichos, y en un informe pericial que no debió ser
valorado porque se incorporó extemporáneamente; por lo que la sentencia concluyó
erradamente la pérdida total del vehículo, así como su valor, alejándose del mérito
de la prueba rendida y del valor que la legislación le asigna. Solicita invalidar la
sentencia y dictar una de reemplazo que rechace la demanda.
Tercero: Que en las instancias de fondo se dieron por acreditados los
siguientes hechos:
1.- El 16 de febrero de 2016, en la intersección de las calles Anfión Muñoz e
Infante, comuna de La Serena, se produjo una colisión entre la camioneta placa
patente GLSP-66, conducida por el demandado don Ignacio Fuad Lettura Sfeir, y
el automóvil station wagon placa patente FVZL-43, conducido por su propietario, el
demandante, don Cristian Alberto López Toro. Los hechos ocurrieron porque el
primero no respetó un signo “Pare”, según se estableció en causa rol 3759-2016,
seguida ante el Segundo Juzgado de Policía Local de La Serena, en que fue
condenado al pago de una multa como autor de diversas infracciones a la Ley
N°18.290.
2.- Producto de los hechos el demandante sufrió daño moral, consistente en la
aflicción derivada de su participación en la colisión y de ver su camioneta volcada
y arrastrada por el vehículo conducido por el demandado.
VXXQHGEGXX

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