Causa Nº 7330-2018 (Casación Fondo) Corte Suprema - Sala Cuarta Mixta, 12/11/2018 - Jurisprudencia - VLEX 745504397

Causa Nº 7330-2018 (Casación Fondo) Corte Suprema - Sala Cuarta Mixta, 12/11/2018

JuezGloria Ana Chevesich Ruiz,Antonio Barra Rojas,Andrea Maria Mercedes Muñoz Sanchez,Hugo Enrique Dolmestch Urra,Diego Antonio Munita Luco
Sentido del falloRECHAZADO CASACIÓN FONDO MANIFIESTA FALTA DE F (M)
Recurso númeroCV04-(Civil) Casación Fondo
Número de expediente7330-2018
Fecha12 Noviembre 2018
MateriaCivil
Tipo de procesoCasación Fondo
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
Santiago, doce de noviembre de dos mil dieciocho.
Vistos y teniendo presente:
Primero: Que se ha ordenado dar cuenta, conforme lo dispone el artículo
782 del Código de Procedimiento Civil, del recurso de casación en el fondo
deducido por el demandado contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de
Valparaíso, que confirmó la de primera instancia que acogió la oposición a la
regularización deducida conforme al Decreto Ley 2.695.
Segundo: Que se denuncian infringidos los artículos 1, 2, 4 y 19 N°3 del
Decreto Ley 2.695, el primero en relación con el artículo 925 del Código Civil, porque
los sentenciadores dieron por acreditados los presupuestos en que se fundamentó la
oposición sin realizar un acabado estudio de las pruebas incorporadas, omitiendo
que la posesión efectiva y el inventario tienen dos tipos distintos de letra, que en el
plano Nº16 se alteró el rol de la propiedad, y que el informe jurídico emitido por el
Ministerio de Bienes Nacionales da cuenta de su posesión exclusiva sobre el
inmueble, que luego se fusionó con el de propiedad del demandante, lo que debió
llevar a concluir que cumplió con los requisitos de la regularización, por lo que se
encuentra en situación de adquirir por prescripción el bien raíz que su familia pose
materialmente, en forma pacífica, continua y sin clandestinidad por más de cincuenta
años. Solicita invalidar la sentencia impugnada y dictar la de reemplazo que rechace
la oposición.
Tercero: Que los jueces del fondo dieron por acreditados los siguientes
hechos:
1.- El oponente es poseedor inscrito exclusivo del inmueble ubicado en el sector
de Las Dichas de la comuna de Casablanca, señalado como Sector B en plano
N°16 de 1988, según anotación de fojas 2195, N°3064 del Registro de Propiedad
del Conservador de Bienes Raíces de Casablanca del año 1997, sobre el cual ha
realizado actos de aquellos a que da derecho el dominio.
2.- El inmueble que pretende regularizar el demandado forma parte del predio de
mayor cabida inscrito a favor del demandante.
Sobre la base de tales antecedentes, se dio por acreditado que el
demandante cumple con los requisitos que permiten configurar la causal de
oposición a la regularización previstos en el artículo 19 N°1 del Decreto ley 2.695,
por lo que se acogió la demanda.
Cuarto: Que, con apego a lo expuesto, parece pertinente tener en cuenta
que sólo los jueces del fondo se encuentran facultados para determinar los hechos
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