Causa Nº 8266-2018 (Casación Fondo) Corte Suprema - Sala Cuarta Mixta, 22/08/2018 - Jurisprudencia - VLEX 744836029

Causa Nº 8266-2018 (Casación Fondo) Corte Suprema - Sala Cuarta Mixta, 22/08/2018

JuezAndrea Maria Mercedes Muñoz Sanchez,Diego Antonio Munita Luco,Gloria Ana Chevesich Ruiz,Antonio Barra Rojas,Ricardo Luis Hernan Blanco Herrera
Sentido del falloRECHAZADO CASACIÓN FONDO MANIFIESTA FALTA DE F (M)
Recurso númeroCV04-(Civil) Casación Fondo
Fecha22 Agosto 2018
Número de expediente8266-2018
MateriaCivil
Tipo de procesoCasación Fondo
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
Santiago, veintidós de agosto de dos mil dieciocho.
Visto y teniendo presente:
Primero: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código
de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el
fondo deducido por el demandante contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de
Temuco, que confirmó la de mérito que rechazó la demanda de cobro de honorarios
por servicios profesionales.
Segundo: Que el recurrente fundamenta su arbitrio de nulidad sustancial
en la vulneración de los artículos 1545 y 1708 del Código Civil, en relación con los
artículos 19 y 20 del mismo cuerpo legal citado. Argumenta, en síntesis, que no se
hizo una correcta aplicación del artículo 1545 del Código Civil al otorgar un sentido
totalmente apartado del natural y obvio, al entender que un pago parcial constituye
un acuerdo derogatorio de la ley del contrato, y en cuanto al artículo 1708 del
mismo, al dar valor de plena prueba a la testimonial rendida para acreditar la
existencia o extinción de una obligación que debió constar por escrito.
Tercero: Que los sentenciadores del fondo tuvieron por establecidos como
hechos de la causa, en lo que interesa al recurso, los siguientes:
a.- Las partes suscribieron un contrato de prestación de servicios
profesionales y pacto de honorarios, mediante el cual el demandado encargó al
demandante la tramitación completa del juicio caratulado “Garro con Club de
Campo Los Riscos S.A”, sobre demanda civil de indemnización de perjuicios
seguida ante el Juzgado de Policía Local de Pucón.
b.- Las partes acordaron la modalidad de pago de cuota litis donde el
mandante, en caso de prosperar la acción, percibiría el monto íntegro de la
factura, esto es, $4.760.000, en tanto el abogado mandatario percibiría la cantidad
a que fuere condenado el demandado por la vía de multa, las costas personales
del juicio y recibiría por adelantado y a todo evento la suma de $250.000.
c.- Con fecha 4 de noviembre de 2016, el demandado por sí se desistió de
la acción infraccional y demanda civil, recibiendo el pago total de la factura
adeudada; y en razón de lo anterior, las partes acordaron el pago de los
honorarios del actor mediante depósito en su cuenta corriente por la suma de
$1.000.000, lo que efectivamente ocurrió.
Sobre la base de tales hechos los sentenciadores del grado concluyeron
que, en la especie, se acreditó la extinción de la obligación y, en consecuencia,
rechazaron la demanda.
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