Causa nº 8024/2008 (Casación). Resolución nº 5384 de Corte Suprema, Sala de Verano de 26 de Febrero de 2009 - Jurisprudencia - VLEX 55573065

Causa nº 8024/2008 (Casación). Resolución nº 5384 de Corte Suprema, Sala de Verano de 26 de Febrero de 2009

Fecha de Resolución26 de Febrero de 2009
MovimientoACOGIDA CASACIÓN FONDO, ANULADA SENTENCIA DE
Rol de Ingreso8024/2008
EmisorSala de Verano

Santiago, veintiséis de febrero de dos mil nueve.

Vistos:

Ante el Quinto Juzgado del Trabajo de Santiago, autos rol Nº 2.476-04, don F.R.C.P. deduce demanda en contra de H.G. y Compañía Limitada, representada por don H.G.A., a fin que se aplique el artículo 162 del Código del Trabajo y se declare injustificado el despido de que fue objeto, en consecuencia, se condene a la demandada a pagar las prestaciones e indemnizaciones que señala, más reajustes e intereses, o las sumas que el tribunal estime ajustadas a derecho, con costas.

La demandada, al contestar, luego de acogido el incidente de nulidad de la notificación, opuso la excepción de prescripción y, en subsidio, argumentó que el despido del actor se ajustó a la causal establecida en el artículo 1603 del Código del Trabajo, por las razones que explica, reconociendo adeudar compensación de feriado proporcional.

El tribunal de primera instancia, en sentencia de cinco de noviembre de dos mil siete, escrita a fojas 124, acogió parcialmente la excepción de prescripción y la demanda sólo en cuanto condenó a la demandada a pagar compensación de feriado proporcional por la cantidad que señala y las cotizaciones de salud adeudadas, con reajustes e intereses, sin costas.

Se alzó el demandante y adhirió el demandado y una de las salas de la Corte de Apelaciones de Santiago, en fallo de cinco de noviembre del año recién pasado, escrito a fojas 169, revocó el de primer grado en cuanto acogió la excepción de prescripción y desestimó la demanda por despido injustificado y, en su lugar, rechaza la referida excepción y accede al libelo en cuanto condena a la demandada a pagar indemnización sustitutiva del aviso y previo y por a f1os de servicios, esta última incrementada en un 80%, más reajustes e intereses, confirmando en lo demás.

En contra de esta última sentencia, la demandada recurre de casación en el fondo, por haber sido dictada, a su juicio, con infracciones de ley y pidiendo que esta Corte la invalide y dicte la de reemplazo que describe.

Se trajeron estos autos en relación.

Considerando:

Primero

Que el recurrente denuncia la vulneración de los artículos 480 del Código del Trabajo y 2523 del Código Civil. Argumenta que conforme a la primera de las disposiciones citadas, debe distinguirse entre la prescripción de los derechos y de las acciones, mientras subsista la relación laboral o concluida ésta. En el primer caso, el plazo es de dos años y, en el segundo, es de seis meses. Indica que el fallo no se pronuncia acerca de ninguna de ellas.

Agrega que en cuanto a la interrupción de la prescripción, ella opera sólo con la notificación de la demanda, ello por cuanto la referencia que...

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