Causa nº 13416/2013 (Otros). Resolución nº 44014 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 12 de Marzo de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 497198082

Causa nº 13416/2013 (Otros). Resolución nº 44014 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 12 de Marzo de 2014

Fecha de Resolución12 de Marzo de 2014
MovimientoRECHAZA CASACION EN EL FONDO
Rol de Ingreso13416/2013
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación1468-2012 - C.A. de Talca
Rol de Ingreso en Primer InstanciaO-1592-2010 - 1º JUZGADO DE LETRAS DE TALCA
EmisorSala Tercera (Constitucional)

Santiago, doce de marzo de dos mil catorce.

Vistos:

En estos autos Rol N° 13.416-2013 seguidos en juicio ordinario de indemnización de perjuicios en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación por falta de servicio, el demandante F.C.S.M. deduce recurso de casación en el fondo en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Talca que revocó la de primera instancia que había acogido la demanda sólo en cuanto condena a la referida repartición pública a pagar al actor la suma de $25.000.000 por concepto de daño moral, decidiendo en su lugar rechazarla al acoger la excepción de prescripción opuesta por la demandada.

En su libelo el actor, quien nació el 11 de septiembre de 1991, explica que al ser requerida su inscripción de nacimiento por sus padres en la oficina del Registro Civil de la localidad de Catillo el día 18 de junio de 1993, se incurrió en un error en su registro de nacimiento al tarjarse la referencia al sexo masculino y consignarse al inscrito como de sexo femenino, constando tal condición en su certificado de nacimiento y en su cédula de identidad.

Expone que la situación recién descrita le trajo, entre otras consecuencias, no poder terminar sus estudios en el Colegio Aurora de Parral, pues al percatarse sus compañeros de curso y luego todo el resto del colegio del error que presentaba su documento de identificación comenzaron las burlas y discriminaciones, tornándose insoportable la vida escolar. Lo anterior le provocó una depresión que le obligó a abandonar sus estudios. A raíz de ello partió a Santiago a buscar trabajo, pero al presentar el aludido documento era indefectiblemente rechazado. Añade que por el mismo motivo tampoco pudo hacer el servicio militar como era su deseo.

De esta manera, concluye el demandante, el actuar negligente del Servicio de Registro Civil e Identificación le ha causado un menoscabo en su integridad síquica cuya reparación persigue.

Al contestar la demanda, el Consejo de Defensa del Estado –quien asumió la representación del servicio público demandado- opuso la excepción de prescripción extintiva fundándola en que la inscripción de nacimiento del actor fue practicada el 18 de junio de 1993, mientras que la presente demanda se notificó el día 6 de junio de 2011, esto es, dieciocho años después, en circunstancias que el plazo de prescripción es de cuatro años contados desde la fecha de comisión del acto lesivo.

En cuanto al fondo del asunto, expresa que a pesar de tratarse...

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