Causa nº 68777/2016 (Casación). Resolución nº 719331 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 13 de Diciembre de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 655479245

Causa nº 68777/2016 (Casación). Resolución nº 719331 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 13 de Diciembre de 2016

JuezAndrea Muñoz S.,S Gloria Ana Chevesich R.,Carlos Cerda F.
Corte en Segunda Instancia- C.A. de San Miguel
Rol de ingreso en primera instanciaC-1577-2015
Número de expediente68777/2016
Fecha13 Diciembre 2016
Rol de ingreso en Cortes de Apelación512-2016
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
PartesCHRISTEL SIBYLLE HINKE MAUL CON GUILLERMO FERNANDO CARLOS ALBE PEREIRA DUGGAN
Sentencia en primera instancia- Juzgado de Familia Puente Alto
Número de registro68777-2016-719331

Santiago, trece de diciembre de dos mil dieciséis.

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE QUE: 1°.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por la demandada principal y actora reconvencional contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel, que confirmó la de primer grado y rechazó la acción pauliana o revocatoria con ocasión de un procedimiento de divorcio por cese de convivencia y compensación económica;

  1. - La recurrente denuncia la infracción de los artículos 321 del Código Civil y 5 de la Ley N° 14.908, ambos en relación con los artículos 19, 22 y 2468 del Código Civil, solicitando se invalide la sentencia impugnada, dictándose una de reemplazo que acoja la demanda, dejando sin efectos aquellos actos jurídicos celebrados por el demandado reconvencional con terceros de mala fe con el fin de disminuir su patrimonio;

  2. - El reproche consiste en que se concluyó que su parte no es legitimada activa para deducir la demanda al no tener la calidad de alimentaria, en circunstancia que se acreditó que pactó con el demandado reconvencional alimentos voluntarios consistentes en el pago de una suma de dinero y el uso y goce de un inmueble, obligaciones que cumple en la actualidad. Agrega que una vez fracasado un acuerdo relativo a la compensación económica, simuló vender, ceder y transferir a su hermano los derechos sociales de la sociedad que es dueña, entre otros, del inmueble que actualmente habita, a un precio irrisorio, contrato que tiene como única finalidad lograr por esta vía su expulsión del domicilio indicado.

    Concluye que la calidad de alimentaria está dada por ley y no porque el tribunal rechace su solicitud de alimentos provisorios;

  3. - La causa se inició por demanda de divorcio por cese de convivencia interpuesta por don C.P.D. contra doña C.H.M.. Esta última, al contestar la demanda y ejercer reconvencionalmente la acción de divorcio por culpa, conjuntamente con la de compensación económica y de alimentos, dedujo acción pauliana o revocatoria contra los comparecientes de un contrato de cesión de derechos, uno de los cuales es el demandante principal y demandado reconvencional, fundado en que se modificó gravemente el patrimonio de éste;

    01762021570555°.- Los jueces estimaron la inexistencia de los presupuestos normativos para deducir la acción pauliana o revocatoria, al haberse determinado, por resolución...

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