Causa nº 31057/2016 (Casación). Resolución nº 375932 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 12 de Julio de 2016
Juez | Andrea Muñoz S.,S Gloria Ana Chevesich R.,Ricardo Blanco H. |
Corte en Segunda Instancia | C.A. de Valparaíso |
Materia | Derecho Civil,Derecho Público y Administrativo |
Fecha | 12 Julio 2016 |
Número de registro | 31057-2016-375932 |
Rol de ingreso en primera instancia | C-3616-2015 |
Número de expediente | 31057/2016 |
Emisor | Sala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile) |
Partes | DEMANDANTE: JORGE MOISÉS BUSTOS BUSTOS. DEMANDADO:CONSTRUCTORA CUEVAS Y PURSELL S.A. |
Sentencia en primera instancia | 2º JUZGADO CIVIL DE VALPARAÍSO |
Rol de ingreso en Cortes de Apelación | 470-2016 |
Santiago, doce de julio de dos mil dieciséis.
Vistos y considerando:
Que se ha ordenado dar cuenta, conforme lo dispone el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, del recurso de casación en el fondo deducido por la parte denunciante contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que confirmó la de primera instancia y rechazó la denuncia de obra nueva.
Que el recurrente reclama que el fallo impugnado ha infringido los artículos 1 y 19 N° 10 de la Constitución Política de la República; y los artículos 21, 22 y 40 de la Ley N° 17.288 sobre M.N., puesto que se rechazó la demanda en circunstancias que para dar inicio a las obras civiles del proyecto objeto de la denuncia, la misma demandada reconoció que se debieron realizar trámites ante el Consejo de Monumentos Nacionales para caracterizar el subsuelo donde se emplaza el centro comercial, esto es, en el borde costero del sector B., terreno estatal del tercero coadyuvante en estos autos, la Empresa Portuaria Valparaíso.
Explicó que las diligencias realizadas dan cuenta de que el dueño del inmueble no podía menos que saber que en el subsuelo del sector B. existe presencia de abundantes restos arqueológicos, siendo procedente el interdicto interpuesto por ejecutarse las obras en contravención a lo dispuesto en el artículo 21 la Ley N° 17.288 y su respectivo reglamento, ya que los restos arqueológicos son monumentos nacionales por el solo ministerio de la ley.
Agregó que, al resolver de esta manera, los sentenciadores redujeron el concepto de contravención a la Ley N° 17.288 solo a la exigencia de obtener un permiso previo del Consejo de Monumentos Nacionales y no determinar si este permiso fue otorgado dentro de plazo, bajo las condiciones y con las exigencias exigidas al titular.
En virtud de lo anterior, solicitó invalidar la sentencia, dictando la de reemplazo que acoja la denuncia de obra nueva, con costas.
Que los sentenciadores tuvieron por establecidos los siguientes hechos:
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- La denunciada se encuentra ejecutando obras y trabajos en el área del Sector Barón de Valparaíso, en terrenos de propiedad de la Empresa Portuaria Valparaíso.
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- Las obras cuentan con la autorización y permisos del Consejo de Monumentos Nacionales, los que se otorgaron antes de dar principio a los trabajos de construcción de la obra reclamada.
Sobre la base de dichos presupuestos fácticos, los sentenciadores...
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