Causa nº 88873/2016 (Casación). Resolución nº 719037 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 12 de Diciembre de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 655357609

Causa nº 88873/2016 (Casación). Resolución nº 719037 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 12 de Diciembre de 2016

Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2016
MovimientoRECHAZADO CASACIÓN FONDO MANIFIESTA FALTA DE F (M)
Rol de Ingreso88873/2016
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación217-2016 - C.A. de Antofagasta
Rol de Ingreso en Primer InstanciaC-1469-2016 - Juzgado de Familia Antofagasta
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, doce de diciembre de dos mil dieciséis.

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE QUE:

  1. - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por la demandada principal y actora reconvencional contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de A., que confirmó la de primer grado, que acogió la demanda principal de aumento de pensión alimenticia y rechazó la reconvencional de rebaja de dicha pensión;

  2. - El recurrente denuncia infracción de los artículos 32 de la Ley 19.968, 7 de la 14.908, 321, 323, 326, 329, 330 y 332 del Código Civil, solicitando se invalide la sentencia impugnada, dictándose la de reemplazo que rechace la demanda principal y acoja la reconvencional, con costas;

  3. - Hace consistir el defecto en haber asumido una variación de las circunstancias existentes al momento de establecer la pensión alimenticia actualmente vigente, en circunstancias que no existe datos probatorios que permitan concluir un aumento en las necesidades de su hija, manteniéndose en la actualidad las existentes desde la aprobación del avenimiento entre las partes, el año dos mil trece. Refiere que no fueron ponderadas correctamente las circunstancias que moverían a concluir un aumento de sus gastos y, consecuentemente, una disminución de su patrimonio;

  4. :- La causa se inició por demanda en que la madre del alimentario -estudiante de ocho años- solicitó que se aumente la pensión de alimentos acordada por avenimiento en dos mil trece, ascendente a doscientos cincuenta mil pesos mensuales ($ 250.000), más un bono escolar y otro de salud, por cuanto las necesidades de su hijo han variado considerablemente, solicitando se cubra hasta el veinticuatro por ciento de los emolumentos totales (24%), previos los descuentos legales, más beneficio escolar, o lo que el tribunal determine.

    El padre de los menores dedujo demanda reconvencional de rebaja de la pensión vigente, dando cuenta del aumento de los gastos del alimentante que genera una disminución patrimonial, unido a que la pretensión de la demandante no se encuentra sustentada en ningún antecedente concreto;

  5. - Los jueces estimaron que el importe de la provisión actual debía fijarse en una suma equivalente al dieciséis, seis por ciento por ciento de los ingresos totales del demandado (16,6%), deducidos los descuentos legales, unido a un bono escolar que le otorga su empleador, teniendo en...

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