Causa nº 35573/2017 (Unificación de Jurisprudencia). Resolución nº 6 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 8 de Noviembre de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 696286697

Causa nº 35573/2017 (Unificación de Jurisprudencia). Resolución nº 6 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 8 de Noviembre de 2017

Fecha de Resolución 8 de Noviembre de 2017
MovimientoINADMISIBLE,UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA (M)
Rol de Ingreso35573/2017
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación125-2017 - C.A. de San Miguel
Rol de Ingreso en Primer InstanciaO-716-2016 - JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SAN MIGUEL
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, ocho de noviembre de dos mil diecisiete. Vistos y teniendo presente:

Primero

Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 7° del artículo 483-A del Código del Trabajo, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la demandada contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel, que rechazó el de nulidad que interpuso en contra de la del grado que acogió la demanda de despido injustificado, condenando al pago de indemnizaciones y prestaciones laborales.

Segundo

Que según se expresa en la legislación laboral, el recurso de unificación de jurisprudencia es susceptible de ser deducido en contra de la resolución que falle el recurso de nulidad, estableciéndose su procedencia para el caso en que “respecto de la materia de derecho objeto del juicio existieren distintas interpretaciones sostenidas en uno o más fallos firmes emanados de Tribunales Superiores de Justicia”, conforme lo explicita el artículo 483 del Código del Trabajo. Asimismo, del tenor de lo dispuesto en el artículo 483-A del cuerpo legal antes citado, aparece que esta Corte debe controlar, como requisitos para su admisibilidad, por un lado, su oportunidad; en segundo lugar, la existencia de fundamento, además de una relación precisa y circunstanciada de las distintas interpretaciones respecto de las materias de derecho objeto de la sentencia, sostenidas en diversos fallos emanados de los tribunales superiores de justicia, y finalmente, debe acompañarse copia del o los fallos que se invocan como fundamento del recurso en referencia.

Tercero

Q ue, conforme se expresa en el recurso, la materia de derecho objeto del juicio que se propone, dice relación con determinar el correcto sentido y alcance del artículo 168, inciso cuarto, en relación al artículo 161, inciso tercero, ambos del Código del Trabajo, en cuanto a las causales de término de contrato que no pueden ser invocadas durante la vigencia de la licencia médica y la procedencia de extender al despido, como los efectos de la suspensión de la relación laboral provocada por dicho reposo.

Cuarto

Que en el recurso de nulidad que se dedujo en contra de la sentencia del grado, se invocó la causal prevista en el artículo 477 del Código del Trabajo, en relación con el artículo 161 del mismo cuerpo legal; que fundamentó en que se estableció la suspensión de los...

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