Causa nº 37946/2017 (Unificación de Jurisprudencia). Resolución nº 11 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 13 de Noviembre de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 696499573

Causa nº 37946/2017 (Unificación de Jurisprudencia). Resolución nº 11 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 13 de Noviembre de 2017

Corte en Segunda Instancia- C.A. de Santiago
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
Rol de ingreso en primera instanciaS-6-2016
Número de expediente37946/2017
Fecha13 Noviembre 2017
Rol de ingreso en Cortes de Apelación2485-2016
PartesDIRECCIÓN NACIONAL DEL TRABAJO CON FIBROCEMENTOS V
Sentencia en primera instancia- JUZGADO DE LETRAS DE COLINA
Número de registro37946-2017-11

Santiago, trece de noviembre de dos mil diecisiete. Visto y teniendo presente:

Primero

Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 7° del artículo 483-A del Código del Trabajo, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la parte demandada contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que acogió el recurso de nulidad que la demandante interpuso contra la de mérito, dictando sentencia de reemplazo que condenó a la demandada como autora de prácticas antisindicales imponiendo las sanciones que indica.

Segundo

Que, según se expresa en la legislación laboral, el recurso de unificación de jurisprudencia es susceptible de ser deducido en contra de la resolución que falle el recurso de nulidad, estableciéndose su procedencia para el caso en que “respecto de la materia de derecho objeto del juicio existieren distintas interpretaciones sostenidas en uno o más fallos firmes emanados de Tribunales Superiores de Justicia”, conforme lo explicita el artículo 483 del Código del Trabajo. Asimismo, del tenor de lo dispuesto en el artículo 483-A del cuerpo legal antes citado, aparece que esta Corte debe controlar, como requisitos para su admisibilidad, por un lado, su oportunidad; en segundo lugar, la existencia de fundamento; una relación precisa y circunstanciada de las distintas interpretaciones respecto de las materias de derecho objeto de la sentencia, sostenidas en diversos fallos emanados de los tribunales superiores de justicia, y finalmente, deben acompañarse copia del o los fallos que se invocan como fundamento del recurso en referencia.

Tercero

Que en el recurso se propone como materia jurídica para su unificación, determinar si el artículo 387 del Código del Trabajo requiere que se vulnere o afecte de modo concreto y preciso la libertad sindical para que como consecuencia de dicha afectación pueda concluirse que nos encontramos frente a una práctica desleal.

Cuarto

Que la sentencia impugnada, a partir de los hechos acreditados en el juicio, acogió el recurso de nulidad por estimar que el cierre del local por parte del demandado, durante el proceso de negociación colectiva, el mismo día de inicio de la huelga, sin haber hecho uso del derecho al lock out –específicamente sin que se adecue al artículo 375 del Código del Trabajo- constituye una “acción que entorpeció” la negociación...

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