Causa nº 2536/2016 (Apelación). Resolución nº 2536-2016 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 5 de Mayo de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 637722745

Causa nº 2536/2016 (Apelación). Resolución nº 2536-2016 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 5 de Mayo de 2016

JuezMaría Eugenia Sandoval G.,Carlos Aránguiz Z.,Pedro Pierry A.
Corte en Segunda Instancia C.A. DE SAN MIGUEL
Sentido del falloCONFIRMA SENTENCIA APELADA
Partes EDUARDO ARAYA MARIANGEL Y MARIANELA LIZAMA ESPINOZA EN CONTRA DE DON GIOVANNI BERNINI ZAMORANO Y DOÑA PATRICIA CORTES OSSES
Número de registro2536-2016-240603
Número de expediente2536-2016
Rol de ingreso en Cortes de Apelación12312015
Fecha05 Mayo 2016
Rol de ingreso en primera instancia01900
Tipo de proceso(Civil) Apelación Protección
EmisorSala Tercera Constitucional (Corte Suprema de Chile)
    • Este documento está disponible en versión original sólo para clientes de vLex

      Consulta este documento y prueba vLex durante 7 días
    • PRUÉBALO
1 temas prácticos
  • Sentencia nº Rol 8123-20 de Tribunal Constitucional, 17 de Noviembre de 2020
    • Chile
    • 17 Noviembre 2020
    ...individuales, por ejemplo, el derecho al buen nombre, cuando este es vulnerado con una afirmación deshonrosa.” (en igual sentido, SCS Rol N° 2536-16, c. 17°). En lo anterior, tanto el Tribunal Constitucional como la Excma. Corte Suprema son contestes. Las posibilidades de emitir opiniones q......
1 sentencias
  • Sentencia nº Rol 8123-20 de Tribunal Constitucional, 17 de Noviembre de 2020
    • Chile
    • 17 Noviembre 2020
    ...individuales, por ejemplo, el derecho al buen nombre, cuando este es vulnerado con una afirmación deshonrosa.” (en igual sentido, SCS Rol N° 2536-16, c. 17°). En lo anterior, tanto el Tribunal Constitucional como la Excma. Corte Suprema son contestes. Las posibilidades de emitir opiniones q......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR