Causa nº 10593/2015 (Casación). Resolución nº 258307 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 17 de Mayo de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 638585173

Causa nº 10593/2015 (Casación). Resolución nº 258307 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 17 de Mayo de 2016

Fecha de Resolución17 de Mayo de 2016
MovimientoRECHAZA CASACION EN EL FONDO
Rol de Ingreso10593/2015
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación20-2014 - C.A. de Concepción
Rol de Ingreso en Primer InstanciaC-311-2011 - 1º JUZGADO CIVIL DE CONCEPCIÓN
EmisorSala Tercera (Constitucional)

Santiago, diecisiete de mayo de dos mil dieciséis.

Vistos:

En estos autos rol Nº 10.593-2015 sobre juicio de reclamación del monto de indemnización por causa de expropiación, el Fisco de Chile dedujo recurso de casación en el fondo en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción que, confirmando la de primera instancia, decidió acoger parcialmente la demanda.

La presente reclamación se funda en que mediante dos decretos del Ministerio de Obras Públicas de 20 de octubre de 2010, se procedió a expropiar sendos lotes de terreno considerados necesarios para la construcción de la obra “Concesión Ruta 160, tramo Tres Pinos-Acceso Norte a C.”, predios que se encuentran emplazados en la comuna de C., colindantes a la Ruta 160, sector By Pass Coronel, contiguos entre sí, entre los kilómetros 14.300 y 16.800.

Indica la parte reclamante que los lotes expropiados tienen una superficie de 34.011 metros cuadrados (Lote N° 17) y 21.660 metros cuadrados (Lote N° 19), correspondiendo a una expropiación parcial que representa un 8,31% y 5,3%, respectivamente, de un predio de mayor extensión compuesto de 409.000 metros cuadrados.

Por su parte, el Fisco de Chile, esgrimió que se trata de dos lotes de terreno no urbanizados, fuera del radio urbano definido por el Plan Regulador Comunal de C., de carácter rural, carente de construcciones, cierros perimetrales y ubicados en una zona ZDC-9, es decir, una zona de desarrollo condicionado.

La Comisión Tasadora fijó en $7.000 el valor del metro cuadrado de terreno, consignándose como monto total de indemnización provisional la suma de $393.788.819.

Por sentencia de primera instancia de treinta de octubre de dos mil trece, se elevó el valor del metro cuadrado a $10.000, lo que arrojó una indemnización total de $556.710.000. Para adoptar tal determinación, el tribunal a quo tuvo en consideración los informes periciales presentados por ambas partes, los que si bien discrepan en cuanto al valor asignado al metro cuadrado de terreno, pues el evacuado por el perito de la reclamante valorizó el metro en cuadrado en la cantidad de $19.348, mientras que el acompañado por el demandado coincidió con la cifra fijada por la Comisión de Peritos, ambos coinciden en las características del terreno expropiado, su entorno, aptitudes y potencialidades. Teniendo presente tales evidencias probatorias, además de la inspección personal practicada, la jueza de primer grado estimó “prudente y equitativo” asignar al metro cuadrado del inmueble expropiado una suma inferior al promedio que se obtiene de las citadas pericias, esto es, la cantidad de $10.000 (considerando décimo...

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