Causa nº 1034/2018 (Casación). Resolución nº 8 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 10 de Abril de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 708342513

Causa nº 1034/2018 (Casación). Resolución nº 8 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 10 de Abril de 2018

EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
Corte en Segunda Instancia- C.A. de Talca
Sentencia en primera instancia- JUZGADO DE LETRAS DE CONSTITUCION
Número de expediente1034/2018
Número de registro1034-2018-8
Fecha10 Abril 2018
PartesFORESTAL CELCO S.A. CON LETELIER GARRIDO ANGÉLICA DE LAS M.
Rol de ingreso en Cortes de Apelación877-2016
Rol de ingreso en primera instanciaS-923-2014

Santiago, diez de abril de dos mil dieciocho. Vistos y teniendo presente:

Primero

Que se ha ordenado dar cuenta, conforme lo dispone el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, del recurso de casación en el fondo deducido por la demandada contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Talca, que revocó la de primera instancia y acogió la oposición formulada respecto de la gestión de regularización de la posesión sobre el inmueble que se indica.

Segundo

Que la recurrente denuncia vulnerados los artículos 64 y 159 del Código de Procedimiento Civil y 13, 19, 22 y 24 del Código Civil, porque la decisión de acoger la oposición se basa en el resultado de una pericia ordenada como medida para mejor resolver en segunda instancia, sin abrir ningún término probatorio respecto de los aspectos de la controversia que se estimaba no habían sido suficientemente aclarados y que fue evacuada fuera del plazo previsto en el artículo 159 del Código de Procedimiento, por lo que debió tenerse por no decretada, sin perjuicio de las infracciones en que incurrió el profesional informante, quien no efectuó el reconocimiento en presencia de las partes, y de los vicios en su ponderación, pues se le trató como si fuera el único antecedente incorporado, sin contrastarla con la restante prueba rendida. Solicita se anule la sentencia y se dicte una de reemplazo que rechace la oposición y le permita seguir adelante con la regularización.

Tercero

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de casación en el fondo procede contra las resoluciones que señala, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley que influya substancialmente en su parte dispositiva. Conforme a lo establecido en el artículo 772 de dicho código, el escrito respectivo debe expresar en qué consiste el o los errores de derecho de que adolece la sentencia recurrida, y de qué modo ese o esos errores de derecho han influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo.

Cuarto

Que de la sola lectura del arbitrio intentado se desprende que no se acusa la vulneración de normas sustantivas o decisoria litis, debiendo entenderse por tales aquellas con arreglo a las cuales debe resolverse el litigio, y que son las únicas que pueden influir de un modo sustancial en lo dispositivo de la sentencia; pues se limita a reprochar la errada interpretación y aplicación de la que faculta a los...

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