Causa nº 900/2008 (Casación). Resolución nº 10766 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 29 de Abril de 2008 - Jurisprudencia - VLEX 41106399

Causa nº 900/2008 (Casación). Resolución nº 10766 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 29 de Abril de 2008

Fecha de Resolución29 de Abril de 2008
MovimientoACOGIDA CASACIÓN FONDO, ANULADA SENTENCIA DE
Rol de Ingreso900/2008
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, veintinueve de abril de dos mil ocho.

Vistos:

En autos rol Nº 1.965-05 del Tercer Juzgado del Trabajo de Santiago, doña V.D.G. deduce demanda en contra de Deloitte & Touche Limitada, representada por don A.S.Z., a fin que se declare nulo el despido de que fue objeto y, además, ilegal y se condene a la demandada a pagar las prestaciones e indemnizaciones que señala, más reajustes, intereses y costas.

La demandada se tuvo por rebelde en el trámite de la contestación a la demanda.

El tribunal de primera instancia, en fallo de doce de octubre de dos mil seis, escrito a fojas 181, acogió la demanda y condenó a la demandada a pagar indemnización sustitutiva del aviso previo y por años de servicios, esta última incrementada en un 30%, compensación de feriado y un día de remuneración, más reajustes e intereses, sin costas.

Se alzaron ambas partes y una de las salas de la Corte de Apelaciones de Santiago, en sentencia de nueve de enero de dos mil ocho, que se lee a fojas 219, revocó la de primera instancia en cuanto no dio lugar a las diferencias de remuneraciones, al pago de las remuneraciones 13ª. y 14ª y a la sanción establecida en el artículo 162 del Código del Trabajo y, en su lugar declara, que, teniéndose como remuneración mensual la suma de $2.500.000.- líquidos, deberán pagársele a la actora las diferencias de remuneraciones habidas entre septiembre de 2002 y el 1º de marzo de 2005, conforme a la liquidación que practicará la secretaria del tribunal. Además, deberá pagársele la mitad de la remuneración 13ª. y 14ª. y las remuneraciones y demás prestaciones consignadas en el contrato, desde la fecha del despido hasta la de convalidación, con reajustes e intereses, confirmando en lo demás.

En contra de este último fallo, la demandada recurre de casación en el fondo, aduciendo las infracciones de ley que señala y solicitando la anulación de aquella sentencia y la dictación de la de reemplazo que describe.

Se trajeron estos autos en relación.

Considerando:

Primero

Que, en un primer capítulo, la demandada denuncia la infracción de los artículos y 456 del Código del Trabajo, a cuyo respecto argumenta que la primera de esas normas establece una presunción simplemente legal, la que admite prueba en contrario y la rendida desvirtúa las aseveraciones de la trabajadora, como se estableció en primera instancia. Así de las liquidaciones acompañadas se desprende que la remuneración de la actora ascendía a $2.380.000.- y que varía en algunos meses por la recepción de un bono, a lo que cabe agregar la pasividad de la demandante, durante toda la relación laboral, por lo tanto, al tenor de la prueba rendida, debió concluirse la inexistencia de diferencias de remuneraciones adeudadas.

En un segundo capítulo, el recurrente manifiesta que se vulneran el artículo 16 incisos primero y segundo del Decreto Ley Nº 3.500, en relación con el artículo 58 del Código del Trabajo, porque la sentencia impugnada pretende imponerle el pago de cotizaciones previsionales por un monto superior al tope legal de 60 unidades de fomento, ya que durante toda la relación laboral la demandante percibió una remuneración superior a dicho tope y se le descontaban sus cotizaciones por ese límite. Agrega que ninguna prueba rindió la actora acerca de que se le adeudara alguna suma por este...

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