Causa nº 5583/2012 (Otros). Resolución nº 77564 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 21 de Septiembre de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 436123194

Causa nº 5583/2012 (Otros). Resolución nº 77564 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 21 de Septiembre de 2012

Fecha de Resolución21 de Septiembre de 2012
MovimientoRECHAZADO RECURSO DE QUEJA
Rol de Ingreso5583/2012
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, veintiuno de septiembre de dos mil doce.

Vistos y teniendo presente:

Primero

Que don M.O.G., abogado, en representacion de dona N.E.P.R., ejecutada en los autos de cobranza laboral caratulados "G. con P.", Rit C-1202-2010 del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Valparaiso, deduce recurso de queja en contra de la Ministra de la Corte de Apelaciones de Valparaiso, senora R.A.C., de la Fiscal Judicial senora M.G. y del abogado integrante senor German Lu:hrs A. por haber dictado, el diecisiete de julio del ano en curso, la resolucion que confirmo la sentencia del tribunal de primera instancia que desecho, por extemporanea, la excepcion de pago interpuesta por su parte. Explica que la resolucion recurrida tiene como consecuencia que se obligue a su representada a pagar una deuda que nunca existio, ya que se dicto sobre la base de antecedentes cuya falsedad se acredito en el proceso, esto es, el certificado de la A.F.P., que dio cuenta de una deuda previsional inexistente, y la constancia erronea del funcionario judicial que no encontro el domicilio de la demandada, lo que determino que se notificara el mencionado libelo mediante un aviso publicado en el Diario Oficial, del que nunca tomo conocimiento. Senala que lo anterior permitio que se condenara injustamente a dona N.P.R. al pago de las remuneraciones de la ejecutante, devengadas desde el termino de la relacion laboral y hasta su convalidacion; y que el posterior juicio ejecutivo se siguiera en su rebeldia. Insiste en que las cotizaciones de seguridad social que dieron lugar a la nulidad del despido fueron pagadas en la oportunidad legal.

Expresa que por lo anterior opuso la correspondiente excepcion de pago, y sin embargo, esta fue rechazada por extemporanea por los jueces recurridos. Explica que se entero de la existencia del juicio porque recibio accidentalmente una carta certificada remitida a un domicilio que no era el de su representada.

Manifiesta que los sentenciadores recurridos, al declarar extemporanea la excepcion de pago, cometieron las siguientes faltas o abusos: a) hicieron suyos los graves vicios cometidos en la sentencia de primera instancia; b) mantuvieron abierto un procedimiento judicial, en el cual se encuentra fehacientemente acreditado el cumplimiento de la sentencia que dio origen a los autos; c) incurren y fomentan el enriquecimiento sin causa de la demandante; d) contribuyen gravemente al desprestigio de la judicatura, por cuanto la ciudadania no podra comprender que una persona que pago oportunamente las imposiciones a su trabajadora, sea condenada a pagar remuneraciones por convalidacion, que nunca se generaron; e) abandonaron sus deberes al dejar sin aplicacion el articulo 1683 del Codigo Civil, que los obligaba a declarar nula la liquidacion de la supuesta deuda por convalidacion; y f) permiten que se produzca una expoliacion de los bienes de la ejecutada.

Termina solicitando poner pronto remedio al mal que motiva el recurso de queja, corregir las faltas o abusos cometidos, resolver que se anulan las liquidaciones de deudas de remuneraciones por convalidacion, se acoja la excepcion de pago y se...

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