Causa nº 40730/2017 (Casación). Resolución nº 7 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 31 de Enero de 2018
Corte en Segunda Instancia | - C.A. de Valparaíso |
Emisor | Sala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile) |
Rol de ingreso en primera instancia | C-783-2017 |
Número de expediente | 40730/2017 |
Fecha | 31 Enero 2018 |
Rol de ingreso en Cortes de Apelación | 677-2017 |
Partes | GONZÁLEZ / BRAVO |
Sentencia en primera instancia | - Juzgado de Familia Viña del Mar |
Número de registro | 40730-2017-7 |
Santiago, treinta y uno de enero de dos mil dieciocho. Vistos y teniendo presente:
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por el demandante contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que revocó la de primer grado y rechazó la demanda de rebaja de alimentos.
Que el recurrente denuncia infracción a los artículos 32 y 111 de la Ley 19.968, 3 y 10 de la Ley 14.908, en base a los siguientes argumentos: porque debe entenderse que al celebrar la mediación en que regularon los alimentos vigentes tenía la capacidad de pagarlos y que éstos no excedían del 50% de sus ingresos, lo que habilita a demandar su rebaja cuando tal situación cambie, aun cuando no consten sus circunstancias precisas a la época del acuerdo, pues lo relevante es si las actuales le permiten solventar la obligación; y porque se omitió el análisis de parte de la prueba pericial que incorporó, en tanto que el examen de la restante infringió las reglas de la lógica y máximas de la experiencia, concluyendo que se le impone un obstáculo insalvable al concluir que no puede acreditar la variación de sus facultades, por no constar las previas. Solicita invalidar la sentencia impugnada y dictar una de reemplazo que acoja la demanda.
Que la causa se inició por demanda de rebaja de alimentos, interpuesta por don C.G.C. en contra de doña M.C.B.L.. Refiere que son padres de las niñas I.A. y O.A., ambas de apellidos G.B., de 7 y 5 años de edad, respectivamente; que en causa RIT C-798-2015, se aumentó la pensión de alimentos que pagaba en su favor, a la suma de $400.000, sin embargo, desde esa época sus circunstancias han variado pues quedó cesante, lo que motivó una demanda de rebaja de alimentos conocida en la causa RIT C-1153-2016, que concluyó durante la audiencia de juicio, cuando acordaron rebajar la pensión a la suma de $200.000 por un período de tres meses, de modo que desde el mes de diciembre de 2016, volvería a pagar el monto anterior. Añade que su situación económica no ha mejorado, que desde marzo de 2015 no registra cotizaciones como trabajador dependiente y que desde diciembre de 2016 presta servicios como administrador de una clínica odontológica en Viña del Mar, manteniendo diversas deudas derivadas de la cesantía que experimentó.La demandada se...
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