Causa nº 1353/2012 (Apelación). Resolución nº 20962 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 13 de Marzo de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 436049002

Causa nº 1353/2012 (Apelación). Resolución nº 20962 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 13 de Marzo de 2012

Fecha de Resolución13 de Marzo de 2012
MovimientoCONFIRMA SENTENCIA APELADA
Rol de Ingreso1353/2012
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación21866-2011 - C.A. de Santiago
EmisorSala Tercera (Constitucional)

Santiago, trece de marzo de dos mil doce.

A fojas 89: tengase presente la comparecencia y en cuanto a la peticion de alegatos, no ha lugar.

A fojas 90: tengase presente.

Vistos:

Se confirma la sentencia apelada de cuatro de enero de dos mil doce, escrita a fojas 72.

Acordada con el voto en contra de los Ministros Sr. Pierry y Sr. Cerda, quienes estuvieron por revocar la sentencia apelada, y en consecuencia rechazar el recurso de proteccion, por las siguientes consideraciones:

Primero

Que estiman estos disidentes, como lo han senalado en sentencias anteriores recaidas en recursos de proteccion interpuestos contra la Inspeccion del Trabajo, que la autoridad administrativa esta facultada para calificar juridicamente los hechos, siendo esta actividad parte de la funcion administrativa. En efecto, es precisamente dicha calificacion juridica la que es indispensable para el ejercicio de esa labor, en particular para la sancion administrativa, por lo que, en consecuencia, no existe garantia constitucional alguna que deba protegerse por la presente via, ya que la Inspeccion del Trabajo de que se trata no ha actuado como comision especial sino en el ejercicio de sus facultades administrativas.

Segundo

Que el control de la legalidad de los actos administrativos por parte del juez, fundamental para el estado de derecho, consiste en examinar la legalidad de los mismos en relacion con sus distintos elementos, a saber: forma, competencia, fin, objeto y motivos del acto, siendo el control en relacion con los motivos el mas caracteristico del control jurisdiccional pues se refiere al analisis de los hechos que fundamentan el acto administrativo. En relacion a los motivos, el juez controla y verifica la existencia de los motivos que sirven de fundamento al acto, la calificacion juridica que de los mismos ha hecho la autoridad, cuando ella sea necesaria para su fundamento; y, eventualmente, la apreciacion de los hechos, siendo esto ultimo muy excepcional, pues por principio corresponde a la discrecionalidad administrativa. Es precisamente por ello que la calificacion juridica de los hechos no puede por si sola constituir una ilegalidad, ya que forma parte integrante de la actividad administrativa; pero el error en la misma puede y debe ser controlada por el juez, el que por regla general lo hara en un procedimiento de lato conocimiento en un juicio interpuesto contra la resolucion de la Administracion, como...

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