Causa nº 6378/2015 (Casación). Resolución nº 97150 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 6 de Julio de 2015 - Jurisprudencia - VLEX 577090366

Causa nº 6378/2015 (Casación). Resolución nº 97150 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 6 de Julio de 2015

Fecha de Resolución 6 de Julio de 2015
MovimientoRECHAZA CASACION EN EL FONDO
Rol de Ingreso6378/2015
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación7892-2014 C.A. de Santiago
Rol de Ingreso en Primer Instancia-0-0
EmisorSala Tercera (Constitucional)

Santiago, seis de julio de dos mil quince.

Vistos y teniendo presente:

Primero

Que en estos autos Rol N° 6378-2015 se ha ordenado dar cuenta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, del recurso de casación en el fondo interpuesto por la reclamante en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó la reclamación de ilegalidad deducida en contra de la Municipalidad de Santiago.

Segundo

Que el recurso denuncia la infracción de los artículos 23 y 26 del Decreto Ley Nº 3.063 de 1979, sobre R.M.; artículo 14 del Decreto Nº 484 de 1980; artículo 145 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones en relación con el inciso primero del artículo 2.1.5 del Decreto Nº 47 de 1992; y artículos 2 y 4 del Decreto Nº 194 de 1978 de Ministerio de Salud en relación a la norma Chilena Oficial N ch 2760 Of 2007 declarada por Resolución Exenta N° 651 de 2007 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Expone la recurrente, que dichas normas no fueron consideradas en su verdadero sentido y alcance, ya que la sentencia solamente realiza una síntesis de los hechos y no valora los antecedentes presentados, lo que se traduce en una falsa aplicación de la ley y en una equivocada interpretación de las normas que regulan el caso en estudio, por cuanto de haberse aplicado el derecho a los hechos asentados, se habría acogido el reclamo, en razón de que la actividad que ejerce es la de arrendamiento de bienes inmuebles amoblados y no la de Apart Hotel.

Tercero

Que es necesario consignar que la reclamación de autos fue presentada por Inmobiliaria e Inversiones Serrano Centro S.A. en contra de la Ilustre Municipalidad de Santiago, por haber expedido el Decreto Alcaldicio Ordinario Nº 1809 de 8 de agosto de 2014, que dispuso la clausura de los departamentos explotados por la reclamante, y el Decreto Sección 2ª Nº 2.449 de 25 de septiembre de 2014 que rechazó el recurso de ilegalidad contra el primero, decisión que estima ilegal.

En lo substancial asevera que se calificó la actividad ejercida por su parte como de Apart Hotel, sin contar con patente ni autorización municipal.

Indica que ello no es efectivo, toda vez que su giro es el de arrendamiento de inmuebles amoblados.

Cuarto

Que para decidir el asunto sometido a su conocimiento los sentenciadores del fondo dieron por establecidos, según se...

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