Causa nº 4186/2018 (Casación). Resolución nº 7 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 11 de Junio de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 728322669

Causa nº 4186/2018 (Casación). Resolución nº 7 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 11 de Junio de 2018

Corte en Segunda Instancia- C.A. de Valparaíso
Sentencia en primera instancia- 4º JUZGADO CIVIL DE VALPARAÍSO
Rol de ingreso en primera instanciaC-368-2016
Fecha11 Junio 2018
Número de expediente4186/2018
Rol de ingreso en Cortes de Apelación1766-2017
PartesINVERSIONES ALTO VALPARAÍSO S.A. CON COMUNIDAD COPROPIETARIOS EDIFICIO PLAZA ANÍBAL PINTO -TOMO II- C/F-
Número de registro4186-2018-7
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)

Santiago, once de junio de dos mil dieciocho. Vistos y teniendo presente:

Primero

Que se ha ordenado dar cuenta, conforme lo dispone el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, del recurso de casación en el fondo deducido por la demandante contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que confirmó la de primer grado que rechazó la demanda por encontrarse prescrita la acción indemnizatoria.

Segundo

Que en el arbitrio se denuncia infracción a lo dispuesto en los artículos 177, 398, 492, 765 N°6 del Código de Procedimiento Civil, y 19 a 24, 1546, 2332, 2503 y 2518 del Código Civil, porque el juicio se relaciona con el seguido ante el Segundo Juzgado de Policía Local de Valparaíso, Rol N°5303-2015, en el que la demandada, Comunidad Edificio Cooperativa Vitalicia, fue condenada por infringir la Ley N°19.537, debido a las filtraciones que emanaban de la terraza ubicada en el piso once del edificio, ocurridas durante el año 2015, acreditadas mediante peritajes y otros medios de prueba, y que afectaron al bien de su propiedad, ubicado en el piso diez, debajo de la terraza. En dicho juicio se determinó la fecha en que se produjeron los daños y se interrumpió la prescripción extintiva, circunstancias que fueron ignoradas por los jueces al concluir que la demanda se interpuso fuera del plazo respectivo, contado desde el año 2011, lo que importa una errada interpretación del artículo 2332 del Código Civil y de los requisitos que configuran la triple identidad conforme al artículo 177 del Código de Procedimiento, sin perjuicio que la sentencia, cuya autoridad se desconoce, inició un nuevo plazo para perseguir las responsabilidades civiles que estableció. Además, los jueces valoraron incorrectamente las pruebas periciales, testimoniales y documentales que rindió para acreditar la existencia y época de los daños, así como la confesión prestada por la demandada en el procedimiento previo y las defensas que esgrimió. Solicita invalidar la sentencia impugnada y dictar una de reemplazo que acoja la demanda, condenando al pago de las indemnizaciones reclamadas.

Tercero

Que los sentenciadores del fondo dieron por establecidos los siguientes hechos: 1.- La demandante es poseedora inscrita del inmueble ubicado en el décimo piso del edificio ubicado en calle Condell N°1176 a N°1190, comuna de Valparaíso, que adquirió por tradición en razón de la compraventa que...

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