Causa nº 5187/2012 (Apelación). Resolución nº 71463 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 30 de Agosto de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 436115370

Causa nº 5187/2012 (Apelación). Resolución nº 71463 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 30 de Agosto de 2012

Fecha de Resolución30 de Agosto de 2012
MovimientoCONFIRMA SENTENCIA APELADA
Rol de Ingreso5187/2012
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación4314-2012 - C.A. de Santiago
EmisorSala Tercera (Constitucional)

Santiago, treinta de agosto de dos mil doce.

Vistos:

Se reproduce la sentencia en alzada con excepcion de sus fundamentos segundo a sexto, que se eliminan.

Y se tiene en su lugar presente:

PRIMERO

Que el articulo 1-o del Auto Acordado de esta Corte Suprema sobre Tramitacion del Recurso de Proteccion establece que dicha accion se interpondra ante la Corte de Apelaciones en cuya jurisdiccion se hubiere cometido el acto o incurrido en la omision arbitraria o ilegal que ocasionen privacion, perturbacion o amenaza en el legitimo ejercicio de las garantias constitucionales respectivas, dentro del plazo fatal de treinta dias corridos contados desde la ejecucion del acto o la ocurrencia de la omision o, segun la naturaleza de estos, desde que se haya tenido noticias o conocimiento cierto de los mismos.

SEGUNDO

Que en la especie la accion de cautela de derechos constitucionales la dedujeron don F.J.O.G. y don S.O.G. en representacion de Inversiones Gestion Limitada mediante la presentacion de fojas 15, en la que senalan que el acto arbitrario e ilegal que motiva su recurso esta constituido por el Decreto Alcaldicio Nº10/449 de 6 de febrero de 2012, que ordeno la clausura del establecimiento comercial a nombre de Inversiones Gestion Limitada, domiciliado en calle L.C.N. 1289, Comuna de Vitacura, que le fue notificado el 15 de febrero pasado.

En el recurso sostienen que el 9 de julio del ano 2011 la Direccion de Administracion y Finanzas de la Municipalidad recurrida les curso la denuncia Nº 6725 para el Juzgado de Policia Local de dicha comuna, imputandoles infraccion al Decreto Ley Nº 3.063, Ley de Rentas Municipales, por no pago de patente comercial, causa que se encuentra en actual tramitacion.

TERCERO

Que segun se advierte del documento agregado a fojas 39, acompanado por la recurrida, el 2 de mayo de 2011 el Jefe de Patentes Comerciales dio respuesta a la carta de la Sociedad de Inversion Gestion Limitada de 14 de febrero de ese mismo ano, en la cual solicitaba su reclasificacion como una sociedad de inversion pasiva no afecta a cobro de patente municipal, en que se le comunico que de la informacion contable presentada se determino la existencia de operaciones que a juicio de esa unidad tecnica correspondian a operaciones afectas a patente municipal.

CUARTO

Que de lo senalado queda en evidencia que el presente recurso de proteccion es extemporaneo. En efecto, no obstante que en el libelo del...

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