Causa nº 8827/2011 (Casación). Resolución nº 31272 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 20 de Abril de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 436197186

Causa nº 8827/2011 (Casación). Resolución nº 31272 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 20 de Abril de 2012

JuezPedro Pierry A.,Senores Patricio Valdes A.,Senora Rosa Egnem S.
Corte en Segunda InstanciaC.A. de Santiago
MateriaDerecho Procesal
Fecha20 Abril 2012
Número de registrocorCORTE_SUPREMA-triCORTE_SUPREMA-rec88272011-tip-fol31272
Rol de ingreso en primera instanciaC-5249-2010
Número de expediente8827/2011
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
Partesits group chile sa con de pablo palomo manuel gonzalo
Sentencia en primera instancia16º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO
Rol de ingreso en Cortes de Apelación478-2011

Santiago, veinte de abril de dos mil doce.

Vistos:

Ante el 16DEG Juzgado Civil de Santiago, en autos rol N-o 5294-2010, ITS GROUP Chile S.A., representada por don G.C.E., solicita se declare el extravio de la letra de cambio girada en Santiago, a la vista y aceptada por don M.G. de P.P.; y se la autorice para requerir el pago de la misma al obligado.

La demandada, evacuando el traslado conferido, se opuso a la gestion y solicito el rechazo de la demanda, con costas, sosteniendo que de conformidad con lo dispuesto en el articulo 49 de la Ley NDEG18.092 la letra de cambio, cuya reconstitucion se solicita, carece de valor juridico, en atencion a que no fue protestada ni cobrada en el plazo de un ano establecido en la mencionada disposicion; y porque del tenor de los acuerdos celebrados entre las partes del juicio, resulta improcedente su cobro.

Por sentencia de veintiocho de diciembre de dos mil diez, escrita a fojas 74 y siguiente, el tribunal de primer grado rechazo la solicitud de declaracion de extravio de la letra de cambio, sin costas.

Se alzo la solicitante y una de las salas de la Corte de Apelaciones de Santiago, por fallo de catorce de julio del ano dos mil once, que se lee a fojas 108 y siguiente, revoco la sentencia apelada, en cuanto rechazo la solicitud de declaracion de extravio de la letra, y en su lugar decidio acoger la peticion antes indicada, con costas.

En contra de esta ultima decision, la demandada dedujo recursos de casacion en la forma y en el fondo por haber sido dictada, a su juicio, con vicios y errores de derecho que justifican su invalidacion para obtener que esta Corte la anule y dicte la de reemplazo que describe.

Se trajeron estos autos en relacion.

Considerando:

Primero

Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 775 del Codigo de Procedimiento Civil, pueden los tribunales, conociendo por via de apelacion, consulta o casacion, o en alguna incidencia, invalidar de oficio las sentencias cuando los antecedentes del recurso manifiesten que ellas adolecen de vicios que dan lugar a la casacion en la forma, debiendo oir sobre este punto a los abogados que concurran a alegar en la vista, lo que no se hizo en la especie por haberse advertido la existencia del vicio a que se hara referencia en lo que sigue del fallo, encontrandose la presente causa en estado de acuerdo.

Segundo

Que es causal de nulidad formal conforme a lo establecido en...

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