Causa nº 19107/2017 (Casación). Resolución nº 6 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 14 de Septiembre de 2017
Corte en Segunda Instancia | - C.A. de San Miguel |
Emisor | Sala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile) |
Rol de ingreso en primera instancia | C-2876-2016 |
Número de expediente | 19107/2017 |
Fecha | 14 Septiembre 2017 |
Rol de ingreso en Cortes de Apelación | 253-2017 |
Partes | JOSE RUBEN HERNANDEZ HENRIQUEZ CON CAROLINA GISLAINE VILLAFLOR RIOS |
Sentencia en primera instancia | - 1º Juzgado de Familia San Miguel |
Número de registro | 19107-2017-6 |
Santiago, catorce de septiembre de dos mil diecisiete. Vistos y teniendo presente:
Que se ha ordenado dar cuenta, conforme lo dispone el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, del recurso de casación en el fondo deducido por el demandante contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de San Miguel, que confirmó la del grado que rechazó la demanda de rebaja de alimentos.
Que el recurrente sostiene que la sentencia infringió lo dispuesto en los artículos 3 y 7 de la Ley 14.908; 329 del Código Civil; y 32 de la Ley 19.968; porque se omitió el análisis de los medios de prueba que acreditaban el cambio en sus circunstancias y la disminución de sus facultades económicas, lo que importa que la pensión originalmente regulada exceda del 50% de sus actuales ingresos. Se solicita invalidar la sentencia del grado y dictar una de reemplazo que acoja la demanda.
Que la causa se inició por demanda de rebaja de alimentos interpuesta por don J.R.H.H. en contra de su cónyuge doña C.G.V.R., en calidad de alimentaria y en tanto representante de su hijo B.A.H.V., de actuales 13 años de edad. Refiere que, en causa Rit C-3083-2012, se reguló una pensión de alimentos a favor de su hijo y cónyuge, equivalente al 69% de un ingreso mínimo remuneracional, cuyo cumplimiento se le ha dificultado desde que perdió su trabajo, a principios del año 2014, fecha desde la que sólo realiza reparaciones de artículos electrónicos, percibiendo un ingreso inestable, lo que justifica se rebaje la pensión a la suma equivalente al 39% de un ingreso mínimo remuneracional.
La demandada se opuso, señalando que el demandante siempre ha incumplido el pago, acumulando deudas que soluciona de una sola vez cuando se despachan apremios en su contra, y las necesidades de su hijo han aumentado, ya que se encuentra en tratamiento de ortodoncia y usa plantillas ortopédicas, en tanto que a ella se le declaró una incapacidad definitiva, por lo que perdió su trabajo y sólo recibe una pensión de invalidez.
Que los jueces del fondo dieron por acreditados los siguientes hechos: 1.- Por sentencia de fecha 22 de mayo de 2013, dictada en causa Rit C-3083-2012, se regularon alimentos a favor de la demandada y su hijo, equivalentes al 69% de un ingreso mínimo remuneracional, que, a la fecha, asciende a $115.800.2.- El demandante fue despedido con fecha 14 de febrero de 2014, suscribiendo el respectivo...
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