Causa nº 37345/2017 (Casación). Resolución nº 6 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 25 de Septiembre de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 693695145

Causa nº 37345/2017 (Casación). Resolución nº 6 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 25 de Septiembre de 2017

Fecha de Resolución25 de Septiembre de 2017
MovimientoINADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO
Rol de Ingreso37345/2017
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación524-2017 - C.A. de San Miguel
Rol de Ingreso en Primer InstanciaZ-567-2016 - 1º Juzgado de Familia San Miguel
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, veinticinco de septiembre de dos mil diecisiete. Vistos y teniendo presente:

Primero

Que, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por el demandado contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de San Miguel, que confirmó la del grado que rechazó las excepciones y objeciones opuestas en contra de la liquidación de pensiones adeudadas practicada en procedimiento de cumplimiento de alimentos.

Segundo

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de casación en el fondo tiene lugar contra sentencias definitivas inapelables e interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas por Cortes de Apelaciones o por un tribunal arbitral de segunda instancia, en los casos que indica.

Tercero

Que, no obstante, la resolución recurrida no tiene la naturaleza jurídica señalada, toda vez que el presente recurso se interpone en contra de aquella que confirmó la que se pronuncia sobre las excepciones y objeciones intentadas en el curso de un procedimiento de cumplimiento, sin corresponder a una sentencia que ponga término al procedimiento o haga imposible su continuación. En consecuencia, al no participar de la naturaleza jurídica de aquellas resoluciones que lo hacen procedente, el presente recurso no puede acogerse a tramitación y será declarado inadmisible.

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo deducido en contra de la sentencia de diecinueve de julio de dos mil diecisiete.

Regístrese y...

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