Causa nº 40560/2016 (Unificación de Jurisprudencia). Resolución nº 736558 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 20 de Diciembre de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 655904641

Causa nº 40560/2016 (Unificación de Jurisprudencia). Resolución nº 736558 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 20 de Diciembre de 2016

JuezGloria Chevesich R.,Ricardo Blanco H.,Andrea Maria Muñoz S.
Corte en Segunda Instancia- C.A. de Valparaíso
Rol de ingreso en primera instanciaO-731-2015
Fecha20 Diciembre 2016
Número de expediente40560/2016
Rol de ingreso en Cortes de Apelación120-2016
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
PartesMAUREIRA CON I. MUNICIPALIDAD DE VIÑA DEL MAR .
Sentencia en primera instancia- JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE VALPARAÍSO
Número de registro40560-2016-736558

Santiago, veinte de diciembre de dos mil dieciséis. A los escritos folios 144855 y 144856: téngase presente.

Vistos: En estos autos Rit 0-731-2015, Ruc 1540034172-6, del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, caratulados “M. con Ilustre Municipalidad de Viña del Mar”, por sentencia de once de marzo de dos mil dieciséis, se declaró la existencia de la relación laboral existente entre las partes y, en consecuencia, se acogieron las demandas por despido injustificado, nulidad del mismo y cobro de prestaciones que indica, incluyendo las remuneraciones devengadas hasta la convalidación del despido.

La demandada, en contra de dicho fallo, dedujo recurso de nulidad que fundó de manera principal en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, que vincula con el artículo 1° del mismo cuerpo legal, que, a su vez, relaciona con los artículos 3, 7 y 8 del estatuto laboral, y los artículos 1 inciso segundo, 2 y 15 de la ley N° 18.575, junto al artículo 4 de la ley N° 18.883. Como causal subsidiaria, dedujo la del artículo 477 ya mencionado, respecto a aquella parte del fallo que considera nulo el despido y condena al pago de las cotizaciones previsionales desde el inicio relación laboral y la sanción consecuente con tal declaración, acusando la infracción del artículo 162, en sus incisos quinto y séptimo del Código del Trabajo, solicitando se invalide la sentencia impugnada y se dicte una de reemplazo que declare que no existió relación laboral entre las partes, sino que prestación de servicios a honorarios, rechazando así la demanda; y, en subsidio, se dicte una de reemplazo que rechace la petición de declaración de nulidad del despido y su consecuente sanción.

Una sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, mediante sentencia de dos de junio de dos mi dieciséis, acogió la causal subsidiaria de nulidad, invalidando la sentencia de base en aquella parte que acogió la nulidad del despido, y en decisión de reemplazo, rechazó la demanda en dicho extremo, declarando que no corresponde el pago de las cotizaciones previsionales desde el inicio de la relación contractual entre las partes, ni las remuneraciones post despido en la aplicación contemplada por la norma en comento.

Respecto de dicha decisión el demandante dedujo recurso de unificación de jurisprudencia para que esta Corte lo acoja y dicte sentencia de reemplazo que acoja la demanda de nulidad de despido, condenando a la parte demandada al pago de todas las cotizaciones de seguridad social devengadas en su favor

0124232174273durante todo el período trabajado, y el pago de las remuneraciones durante el período comprendido entre la fecha del despido y su convalidación, con costas.

Se ordenó traer estos autos a relación.

Considerando:

Primero

Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 483 y 483 A del Código del Trabajo, el recurso de unificación de jurisprudencia procede cuando respecto de la materia de derecho objeto del juicio existieren distintas interpretaciones sostenidas en uno o más fallos firmes emanados de ribunales superiores de justicia. La presentación respectiva debe ser fundada, incluir una relación precisa y circunstanciada de las distintas interpretaciones respecto del asunto de que se trate sostenidas en las mencionadas resoluciones y que haya sido objeto de la sentencia contra...

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