Causa nº 36780/2017 (Unificación de Jurisprudencia). Resolución nº 13 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 6 de Noviembre de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 696289913

Causa nº 36780/2017 (Unificación de Jurisprudencia). Resolución nº 13 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 6 de Noviembre de 2017

Corte en Segunda Instancia- C.A. de Santiago
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
Rol de ingreso en primera instanciaO-183-2017
Número de expediente36780/2017
Fecha06 Noviembre 2017
Rol de ingreso en Cortes de Apelación811-2017
PartesMORALES/Condominio Lombardía
Sentencia en primera instancia- 1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO
Número de registro36780-2017-13

Santiago, seis de noviembre de dos mil diecisiete. Vistos y teniendo presente:

Primero

Que de acuerdo con lo dispuesto en el inciso séptimo del artículo 483-A del Código del Trabajo, se ordenó dar cuenta de la admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la parte demandada contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, que rechazó el recurso de nulidad que interpuso contra la de base que acogió parcialmente la demanda, en cuanto declaró indebido el despido y la condenó al pago de la indemnización convencional por término del contrato, más saldo de feriado proporcional.

Segundo

Que, con arreglo a lo preceptuado en el artículo 483 de dicho Estatuto, este arbitrio procede contra la resolución que decide el recurso de nulidad, para el evento que “respecto de la materia de derecho objeto del juicio existieren distintas interpretaciones sostenidas en uno o más fallos firmes emanados de Tribunales Superiores de Justicia”. Asimismo, del tenor del artículo 483-A del mismo cuerpo legal, esta Corte debe controlar, como requisitos para su admisibilidad, desde luego, su oportunidad; enseguida, sus fundamentos, además de una relación precisa y circunstanciada de las distintas interpretaciones recaídas en los componentes de derecho objeto de la sentencia, sostenidas en diversos fallos provenientes de los Tribunales Superiores de Justicia. Finalmente, deben acompañarse copias de la o las sentencias que se invocan en apoyo del recurso en referencia.

Tercero

Que la materia de derecho objeto del juicio que la parte recurrente somete a decisión, según expresamente refiere, dice relación con “dilucidar la correcta interpretación de la disposición contenida en el inciso cuarto del artículo 168 en cuanto la misma se remite al artículo 161, ambos del Código del Trabajo. En otros términos, debe decidirse el alcance de la remisión que la primera de las normas citadas hace a las causales de término de la relación laboral consistentes en las necesidades de la empresa y el desahucio”. Señala que esa remisión es una ficción legal y no la voluntad del empleador de poner término al contrato de trabajo por necesidades de la empresa, de manera que los jueces vulneraron la cláusula décima del contrato de trabajo -que establece una indemnización voluntaria para el trabajador que es despedido por necesidades de la empresa- al aplicarla en este caso, porque la referida cláusula estipula la indemnización sobre la base de que el término del contrato se produzca por voluntad de la empresa y no por la ficción del artículo 168 inciso cuarto del Código del Trabajo.

MXSSCYJBTY C uarto: Que la sentencia impugnada rechazó el recurso de nulidad fundado en la causal contemplada en el artículo 477 del Código del Trabajo, en relación con los artículos 5 inciso final y 168 inciso cuarto del mismo texto legal, y 1545 del Código Civil, porque se consideró, en primer término, que la del grado estableció como hechos de la causa que la carta de despido...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR