Causa nº 2691/2018 (Unificación de Jurisprudencia). Resolución nº 10 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 11 de Abril de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 708349281

Causa nº 2691/2018 (Unificación de Jurisprudencia). Resolución nº 10 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 11 de Abril de 2018

Fecha de Resolución11 de Abril de 2018
MovimientoINADMISIBLE,UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA (M)
Rol de Ingreso2691/2018
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación391-2017 - C.A. de Concepción
Rol de Ingreso en Primer InstanciaO-27-2017 - 2º JUZGADO DE LETRAS DE CORONEL
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, once de abril de dos mil dieciocho. Vistos y teniendo presente:

Primero

Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 7° del artículo 483-A del Código del Trabajo, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la parte demandante en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción, que rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la de base que rechazó la demanda impetrada en su contra.

Segundo

Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 483 del Código del Trabajo, contra la resolución que falle el recurso de nulidad puede deducirse el de unificación, cuando “respecto de la materia de derecho objeto del juicio existieren distintas interpretaciones sostenidas en uno o más fallos firmes emanados de tribunales superiores de justicia”. Asimismo, del tenor de lo dispuesto en el artículo 483-A del cuerpo legal antes citado, esta Corte declarará inadmisible el recurso si faltan los requisitos de los incisos primero y segundo del mismo artículo. Entre estos requisitos se encuentran el de fundar el escrito e incluir una relación precisa y circunstanciada de las distintas interpretaciones respecto de las materias de derecho objeto de la sentencia, sostenidas en diversos fallos emanados de los tribunales superiores de justicia, y el de acompañar copia de las sentencias respectivas.

Tercero

Que la parte recurrente pretende la unificación de jurisprudencia planteando como materia de derecho, la improcedencia de considerar renunciada las acciones de despido injustificado y nulidad de despido, por haberse interpuesto en juicio diverso, y de manera posterior a aquellas, una denuncia de tutela por vulneración de derechos fundamentales, decisión que, según argumenta, contrasta con otra pronunciada por un tribunal superior de justicia.

Cuarto

Que la sentencia del grado rechazó la demanda de despido injustificado, nulidad del mismo y cobro de prestaciones, al acoger la excepción de renuncia de acciones, puesto que se acreditó que las actoras, por medio de otra presentación, dedujeron denuncia de tutela de derechos fundamentales, infringiendo el artículo 489 del Código del Trabajo, que obliga a deducir todas las acciones emanadas de un despido, conjuntamente. Contra tal pronunciamiento, la parte recurrente dedujo arbitrio de nulidad fundado en la causal del artículo 477 del...

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