Causa nº 6030/2008 (Casación). Resolución nº 6030-2008 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 14 de Enero de 2009
Juez | Sonia Araneda B.,Julio Torres A.,Patricio Valdés A.,Ricardo Peralta V.,Gabriela Pérez P. |
Sentido del fallo | SENTENCIA DE REEMPLAZO |
Corte en Segunda Instancia | |
Fecha | 14 Enero 2009 |
Número de registro | rec60302008-cor0-tri6050000-tip4 |
Partes | PEREZ PEREZ MIGUEL CON SERVICIOS DE PROTECCION Y SEGURIDAD S.A. |
Tipo de proceso | (Trabajo) Casación Fondo |
Número de expediente | 6030-2008 |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social |
Emisor | Sala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile) |
Santiago, catorce de enero de dos mil nueve.
En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la sentencia de reemplazo que sigue:
Vistos:
Se reproduce la sentencia en alzada con las siguientes modificaciones:
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se elimina el segundo párrafo del motivo vigésimo sexto.
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en la primera parte del razonamiento vigésimo séptimo, se suprime la frase ?y constituyen una misma empresa para efectos laborales y previsionales?.
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se prescinde del último párrafo del fundamento trigésimo.
Y teniendo en su lugar y además presente:
Que asentada la comisión por parte de las demandadas Seguridad Industrial S.A., Servicios de Protección y Seguridad S.A, Servicios Corporativos de Seguridad MK?S Limitada y Servicios y Accesorios de Seguridad Markos Limitada del ilícito previsto en el inciso 1° del artículo 478 del Código del Trabajo, se le impone como sanción a cada una el pago de una multa de 100 Unidades Tributarias Mensuales.
Que sobre la base de los hechos descritos en los fundamentos vigésimo octavo y vigésimo noveno de la sentencia apelada, tal como lo destaca en el razonamiento trigésimo la Juez de primer grado, es posible determinar que Supermercados Unimarc S.A. e Inverraz S.A. desarrollaron una serie de conductas durante los per íodos de prestación de servicios del actor que se subsumen en aquéllas proscritas por el inciso 2° del precepto ya mencionado, en tanto, ha quedado de manifiesto la contratación simulada que efectuaron del mismo a través de otras sociedades creadas al efecto, sin asumir responsabilidad alguna, no obstante dirigir y controlar las labores desarrolladas en y para sus diferentes instalaciones. La situación de desprotección de los derechos del trabajador que acciona como consecuencia de la forma en que se generaron los pactos laborales y los traspasos de los mismos, se erige como el factor determinante de la calificación de que se trata ante la clara presencia de Supermercados Unimarc S.A. e Inverraz S.A. en la génesis, desarrollo y término de sus relaciones contractuales, al punto de tener que haber explicitado el grupo empresarial su desvinculación e irresponsabilidad al respecto en las cláusulas octava y novena del contrato de compraventa de acciones de fecha 31 de mayo de 2003.
Que la tarea de calificación que conlleva la subsunción antes descrita, pasa necesariamente por distinguir los...
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