Causa nº 41527/2017 (Unificación de Jurisprudencia). Resolución nº 8 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 9 de Enero de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 700766553

Causa nº 41527/2017 (Unificación de Jurisprudencia). Resolución nº 8 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 9 de Enero de 2018

Fecha de Resolución 9 de Enero de 2018
MovimientoINADMISIBLE,UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA (M)
Rol de Ingreso41527/2017
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación521-2017 - C.A. de Valparaíso
Rol de Ingreso en Primer InstanciaS-28-2017 - JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE VALPARAÍSO
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, nueve de enero de dos mil dieciocho. Vistos y teniendo presente:

Primero

Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 7° del artículo 483-A del Código del Trabajo, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la demandada contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que rechazó el recurso de nulidad que interpuso en contra de la del grado que acogió la demanda de despido injustificado.

Segundo

Que según se expresa en la legislación laboral, el recurso de unificación de jurisprudencia es susceptible de ser deducido en contra de la resolución que falle el recurso de nulidad, estableciéndose su procedencia para el caso en que “respecto de la materia de derecho objeto del juicio existieren distintas interpretaciones sostenidas en uno o más fallos firmes emanados de Tribunales Superiores de Justicia”, conforme lo explicita el artículo 483 del Código del Trabajo. Asimismo, del tenor de lo dispuesto en el artículo 483-A del cuerpo legal antes citado, aparece que esta Corte debe controlar, como requisitos para su admisibilidad, por un lado, su oportunidad; en segundo lugar, la existencia de fundamento, además de una relación precisa y circunstanciada de las distintas interpretaciones respecto de las materias de derecho objeto de la sentencia, sostenidas en diversos fallos emanados de los tribunales superiores de justicia, y finalmente, debe acompañarse copia del o los fallos que se invocan como fundamento del recurso en referencia.

Tercero

Q ue, conforme se expresa en el recurso, la materia de derecho objeto del juicio que se propone dicen relación con declarar que el artículo 161, inciso primero, del Código del Trabajo establece una enumeración meramente ejemplar de casos de necesidades de la empresa, sin que se trate de un catálogo único y cerrado de situaciones que autorizan a poner término al contrato.

Cuarto

Que en el recurso de nulidad que dedujo respecto de la sentencia del grado invocó la causal prevista en el artículo 477 del Código del Trabajo, que fundamentó en la infracción al artículo 161, inciso primero, del mismo cuerpo legal; afirmando que se concluyó que los hechos no configuraban la causal, como consecuencia de haberle otorgado el carácter taxativo a los casos que la norma contiene a modo enunciativo o ejemplar.

Dicho motivo de nulidad fue desestimado por considerarse...

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